TRANSPARENCY INTERNACIONAL

viernes, 18 de junio de 2010

LA BUENA GOBERNANZA; EL DESARROLLO ECONOMICO Y LA COOPERACION INTERNACIONAL EN LA LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO, ...(TERCERA PARTE).-


DPCA



Necesidad de sanciones efectivas


Actos delictivos: delitos socioeconomicos"


Transferencia de ppder- Democracia.-

I.-INTRODUCCIÓN.-

En nuestro articulo anterior, señalábamos, citando a Olivares Tràmon que el vínculo entre buena gobernanza y corrupción, así como la amenaza que ésta representa contra la estabilidad y el desarrollo económico y social de los países, se encuentra en el preámbulo de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y de las restantes Convenciones expresadas de diversas formas.-
Que asimismo se expresò en los preámbulos de todos los Tratados mencionados, la necesidad de hacer modificaciones legislativas a nivel interno para prevenir y reprimir la corrupción, así como la constatación de que la lucha contra la corrupción requiere de cooperación entre los Estados, afirmando que los Tratados Internacionales contra la corrupción, el crimen organizado y demàs delitos econòmicos responden no sólo al reconocimiento de que para prevenir y combatir la corrupción se necesita de la cooperación internacional, sino que reflejan el interés de la comunidad internacional por promover y defender la democracia y la buena gobernanza, entendiendo que la corrupción es una amenaza a las dos primeras, siendo su defensa y promoción una cuestión de interés de la comunidad internacional.-

Consideramos el porqué si se poseeen los instrumentos necesarios, se llega entonces a situaciones como las que observamos en Hungría, en las que imperó con tal envergadura la corrupción entre otros delitos, coadyuvado a la situación econòmico-financiera de endeudamiento pùblico y privado del país, anhelando que, como ha sido señalado públicamente, los responsables salgan a luz, se pueda recuperar parte de esos activos y sean sancionados conforme se ha normado y que ello conlleve necesariamente al fortalecimiento de las instituciones del Pais, y por ende de su democracia y de sus economìas, las que a la fecha se encuentran muy deterioradas, situación que no es propia de Hungrìa, constituyendo èsta reflejo de la generada en otros paises en los cuales acontecieran o acontezcan las mismas situaciones, como ha ocurrido y ocurre en los paìses latinoamericanos y centroamericanos, en Grecia y Tailandia, entre otros.-

Nuestros gobernantes, funcionarios y demàs personas que ostentan cargos con poder de tomar las decisiones necesarias a efectos de erradicar o por lo menos limitar las actividades delictivas en análisis, las que producen efectos absolutamente nefastos, generando crisis econòmico-financieras y sociales, devastadoras y que importan años de reconstrucciòn en nuestras sociedades y mercados y grandes frustraciones sociales que la arrastran a su paràlisis con huelgas, menor actividad y por ende menor ingreso de impuestos y aumento delictivo, generándose espirales viciosas y que no se corresponden con el objetivo de bienestar general, que como obligación nuestras constituciones imponen a dichos sujetos, estàn se reitera, obligados a tomar conciencia de estas situaciones y a poner manos a la obra mediante el dictado de normas ejemplificadoras y de la ejecución de polìticas pùblicas efectivas que importen la erradicación o limitaciòn de la actividad ilícita, con las características propias que impone dia a dia la globalizaciòn econòmica y de sus graves consecuencias, que aumentan con el correr del tiempo.-

II.- LA EXISTENCIA DE INTERACCIÓN ENTRE LAS VARIABLES FINANCIERAS Y LAS REALES EN UNA ECONOMÍA Y DE CÒMO LA CORRUPCIÒN, EL CRIMEN ORGANIZADO Y DEMÀS DELITOS DE ORDEN ECONÓMICO Y SU ACTIVIDAD ESENCIAL: EL LAVADO DE DINERO, INFLUYEN NEGATIVAMENTE EN LA ECONOMIA REAL, AFECTANDO A LA PROPIA DEMOCRACIA.-

La existencia de una interacción entre las variables financieras y las reales en una economía, ha sido ya ampliamente demostrada entre otros, por Blanchard y Fisher en 1989, Rogoff en 1999, que encontraron que ambas variables interactuaban a travès de los efectos riqueza y sustituciòn y del impacto que tienen sobre los balances de las empresas y los hogares. Especialmente, los precios de los activos a afectar la riqueza de los hogares, pueden tener efectos sobre el consumo y al alterar el patrimonio neto de las empresas y el valor de su stock de capital en relación a su valor de reposición, puede afectar tambièn y de hecho lo hace, a la inversión.- Màs aùn, las interacciones entre el sector financiero y la economía real pueden ampliarse a travès del acelerador financiero y otros mecanismos similares.- Èstos hacen que una caìda de los precios de los activos reduzca el valor patrimonial neto de las familias y de las empresas, reduzca su capacidad de financiaciòn en el mercado o en los bancos, lo que reducirà aùn màs su capacidad para gastar e invertir, como lo demostraron en èpocas distintas, Bernanke y Gertler en 1989 y Kiyotaki y Moore en 1997.- A ello debemos sumar hoy, las facilidades que las dos consecuencias màs importantes que la globalización: la integración de los mercados y los grandes avances tecnológicos, le otorgan a los “delincuentes econòmicos”.-

Existen varios canales sobre los que una economía financiera puede afectar a la economía real ya que las finanzas forman una parte importante y creciente de la actividad económica y en los paìses desarrollados el nivel de bancarizaciòn y de desarrollo de los mercados de capital es cada vez mayor.- El primer canal es el derivado del efecto riqueza, tanto de la financiera, como de la inmobiliaria.- Al aumentar los precios de los activos financieros, sus propietarios, ya sean familias como empresas, se consideran màs ricos y tienden a consumir una parte de dichos aumentos y el efecto contrario ocurre cuando los precios de dichos activos caen.- La enorme caìda de la riqueza financiera que ha producido la crisis, tanto para las familias, empresas y entidades bancarias, como para otros inversores institucionales, como seguros, fondos y pensiones que han invertido en activos financieros a precios elevados y que a continuación han perdido buena parte de su valor, aunque èste fuera suficientemente alto y tuviera que caer, les obliga a reducir su consumo.- A ello debemos sumar la caìda de la riqueza inmobiliaria que fue muy importante en los paìses que generaron una burbuja inmobiliaria en general o màs concretamente de la vivienda, elevada con aumentos reales de dos dígitos como aconteciò en EEUU,Reino Unido, España, Irlanda, entre otros.- Lo que debe conocerse es que las variaciones en los precios de los activos pueden producir tambièn efectos sustitución entre unos y otros, lo que puede afectar a las decisiones de inversión de los hogares y de las entidades financieras.-
El segundo canal, es el derivado del llamado “acelerador financiero” que demuestra, que el efecto riqueza anterior puede ser ampliado por otros canales financieros y que al ser menos rica la empresa o la familia que ha perdido parte de su riqueza como se analizara antecedentemente, pasa a tener una solvencia menor y eso hace que aumente inmediatamente el coste de su financiaciòn externa, lo que reduce todavía màs su capacidad de consumir o invertir y que a su vez, acelera y amplia la recesiòn de la actividad económica.-
El tercer canal, es el que resulta del necesario proceso de desapalancamiento tanto de los bancos como de sus bancas paralelas creadas fuera de sus balances ( nos referimos a los fondos de cobertura o hedge y de capital de riesgo private equity que se habian apalancado sobre su base de capital hasta niveles desconocidos en la historia) y que ahora obliga a los prestamistas, al tener que reducir sus balances con activos deteriorados (deben efectuarse amortizaciones), bien a aumentar su capital, justo cuando su coste ha aumentado por ser menos solvente y porque sus acciones han caìdo de precio o a incrementar el margen de sus crèditos, o bien a tener que contraer su volumen de crèdito al no poder aumentar su capital, lo que tiene un efecto muy directo sobre toda la actividad económica ya que, en los paises desarrollados, prácticamente casi todas sus familias y sus empresas viven fundamentalmente del crèdito.-

Debe ademàs considerarse, que la actividad económica cíclica tanto a mediano (ciclo de los negocios) como a largo plazo (ciclos tecnológicos y estructurales) constituye una constante històrica incuestionable.- Sin embargo como bien señalara Maddison (1995) desde hace màs de casi dos siglos, desde la primera revolución industrial, alrededor de 1820, el mundo en su conjunto, en general, ha comenzado a conocer lo que es el progreso, es decir, que al final de cada ciclo el nivel màs bajo alcanzado es màs elevado que el anterior.- El mismo autor en (2001) ha demostrado que el progreso en el siglo XXI es el mayor y màs espectacular de la historia a pesar de haber sufrido dos guerras mundiales y una gran recesiòn.- Sin embargo, ello no obsta para que el conjunto de los paìses del mundo haya experimentado en dicho siglo miles de ciclos y sufrido miles de recesiones.-Por ejemplo, sòlo los 30 paìses de la OCDE han experimentado 122 recesiones desde la Segunda Guerra Mundial hasta el presente.- En las ùltimas décadas, èstas recesiones han ido siendo cada vez màs profundas y màs cortas, mientras que los perìodos de auge, han ido siendo cada vez màs altos y màs extensos, coincidiendo con las grandes, espontáneas y de extraordinaria rapidèz y sencillez de transferencias de grandes cantidades de dinero producto del ilícito.- Dinero negro y sucio, tema al cual nos hemos referido en anteriores entregas.- (FerroIlardo, Susana B.:¿De què hablamos cuando hablamos de paraìsos fiscales?(Ver Blog 17/04/2010).-

El “gran mayor auge evidenciado” al que hacìamos referencia, ha implicado, que la mayorìa de los ciudadanos comenzara a creerse que tanto los lìderes de los gobiernos, de los bancos centrales y de las empresas habìan aprendido a gestionar y controlar la actividad económica a su gusto, que eran listos y que habìan aprendido a domesticar los ciclos.- Y sin embargo, nuevamente surge otra”crisis” y de mayor envergadura que la producida por la ùltima gran crisis mundial del año 1929 y nuevamente, surge la frase “esta vez, es diferente”.-

Esta percepción equivocada de la realidad, hace caer nuevamente en la trampa de pensar que sus creencias pueden convertirse en realidades, y que el fin de los ciclos estaba ya muy cerca, desatando de nuevo inquietudes màs eufóricas y volviendo a cometer otra grave equivocaciòn històrica.- El mundo hoy se ha encontrado atravesando su màs larga y grave recesiòn, como se expresara habiendo pocos economistas que hayan podido preveerla y mucho menos aùn, que hayan previsto su extraordinaria gravedad.-
Existe un amplio consenso sobre el hecho de que las burbujas de activos, tanto reales como financieros son provocadas por mantener perìodos prolongados de bajos tipos de interés.- Tambièn, se sabe que a pesar de que, existan las hipótesis teóricas de que los mercados son totalmente eficientes y los agentes financieros perfectamente racionales y de que los precios de los activos que se obtienen en los mercados siempre son correctos, reflejando su valor fundamental, el hecho cierto, es que a menudo los precios de los activos, estàn sujetos a enormes desviaciones sobre los precios establecidos por dichas hipótesis y sòlo en la ùltima década se han vivido dos grandes burbujas de precios de activos, una financiera en el año 2000 (dotcom) y otra real, en el año 2007 (vivienda)con sus consiguientes grandes desplomes, un año màs tarde.-

Asimismo existe un creciente consenso en que, aunque es muy difícil impedir dichas burbujas y sus inevitables desplomes, la mejor política para sortearlas y derivada del “sentido comùn” que debe seguir siendo el “màs comùn de los sentidos”, y que tanto se ha hechado de menos en las ùltimas dos burbujas, es que la política monetaria se mantenga inclinada “frente al viento” para hacerlas perder fuerza y que la política fiscal “intente eliminar cualquier tipo de incentivo impositivo” que pueda tener la compra de activos financieros o de vivienda su otro tipo de activos inmobiliarios para quitarles fuerza a sus aumentos de precios.-
Tres grandes economistas del siglo XX: Knigth, Keynes y Von Hayek que mantenìan notables divergencia en su pensamiento económico, coincidìan en que ni los economistas, ni los mercados pueden calcular con exactitud el precio de los activos ni a corto, ni a largo plazo, lo cual, es en todo análisis, muy grave, porque las consecuencias se producen en la economìa real, lo que abarca el desarrollo econòmico sostenible base del bienestar general, al que los Estados y bloques económicos a travès de sus funcionarios, estàn obligados a generar, mantener y aumentar, conforme las distintas èpocas, generando fondos anticìclicos para palear las graves consecuencias economico-financieras y sociales de las èpocas màs difíciles.-

Finalmente, los precios de los activos empiezan a ser excesivos porque los agentes que participan en los mercados tienden a tener cada vez unos horizontes de mayor corto plazo, lo que hace que la burbuja termine siendo imparable.- A este comportamiento ayudan los sistemas de remuneración de dichos agentes financieros, que tambièn tienden a acortar erróneamente sus horizontes a mínimo, favoreciendo asi, la formaciòn de burbujas.-
Por lo tanto, la realidad nos hace vivir, como expresa Dehesa en su obra, la siguiente situación: ...”el comportamiento mìope de agentes privados no les hace estar dispuestos a prever cambios en su forma de actuar, conforme la burbuja comienza a ser excesiva; las autoridades monetarias y fiscales no se atreven a intervenir para pararla, lo cual importa un daño mucho mayor sobre la economía, como lo ha demostrado el enorme impacto de la ùltima burbuja, cuyas consecuencias aùn siguen en piè con la innumerable cantidad de quiebras y demàs consecuencias económicas graves que se han gestado para los Estados, los bloques económicos y los mercados.-
Lo cierto es, que puede desconocerse o no poseerse un conocimiento perfecto de la economía, de los “nuevos inconvenientes que origina” con base en la globalizaciòn econòmica y sus características, que en la actualidad se profundizan, pero no puede
dejar de contrastarse dichos modelos con la evidencia empírica disponible, a efectos de encontrar la màs adecuada, efectiva y ràpida solución”(Dehesa, Guillermo: “La primera gran crisis financiera delsiglo XXI.- Origenes, detonantes, efectos, respuestas y remedios”; Ed. Alianza, Madrid, 2009, España).-

De hecho, con la ùltima gran crisis económico y financiera mundial se generò una combinación fatídica: por un lado una caìda de precios de la vivienda en EEUU, tras décadas sin dejar de crecer; por otro, una decisión política para conseguir que las familias màs modestas americanas tuviesen acceso a una vivienda, lo que hizo que los crèditos subprime se disparasen; por otro, un desarrollo masivo de la titulaciòn de dichos crèditos y de muchos otros, como los crèditos subprime de coches y de consumo en general, ademàs de las tarjetas de crèdito y finalmente la compra por los bancos de muchos paìses de dichas titulaciones con mayor riesgo, pero incomprensiblemente, con elevadas clasificaciones crediticias.- Esta combinación de factores ha sido el principal desencadenante de esta crisis.-
En otras palabras, como expresa Dehesa: ...“el sector financiero americano ha estado asignando sus recursos a crèditos de alto riesgo y a largo plazo, como son las hipotecas subprime, sacándolos de sus balances y titulizàndolos a travès de nuevos instrumentos financieros de carácter exòtico, siendo comprado por otros bancos y fondos del resto del mundo, esparciendo globalmente un crèdito de alto riesgo y en algunos casos e incomprensiblemente, retornàndo a sus balances o a sus vehículos fuera de balance al adquirirlos para conseguir un mayor retorno dados los bajos tipos de interés reinantes y financiándolos a corto plazo con su garantía. Es decir, los bancos se lanzaron a una carrera desenfrenada hacia la acumulaciòn de riesgo de tipo de interés y de riesgo de transformaciòn de plazos que han pagado muy cara” y las comunidades, mucho màs.-

Expresa Dani Rodrick, economista político de Harvard: “En un mundo globalizado, la tasa de interés se fija en Nueva York, el salario real en Shangai y el impuesto a las ganancias, en las islas Caimán."


III.- DEBEMOS APRENDER A “LEER” LA REALIDAD Y A CONECTAR LOS HECHOS Y A RECURRIR AL DERECHO PENAL CUANDO EL ORDEN JURÍDICO NO PUEDE SER PROTEGIDO POR OTRAS RAMAS DEL DERECHO.- LA IMPORTANCIA DE LA EFECTIVIDAD DEL DERECHO PENAL “HOY” PARA LAS ECONOMIAS DE NUESTROS ESTADOS, MERCADOS Y BLOQUES ECONÒMICOS .-

El análisis efectuado en el párrafo precedente, nos hace observar ciertamente el papel que en todo descalabro econòmico-financiero acontecido y que la globalización económica con sus dos caracteristicas màs importantes: la integración de las economìas y los grandes avances tecnológicos evidenciados, juegan y han jugado el lavado y el blanqueo de dinero que alcanzaron magnitudes escandalosas, revelando extensas redes de delito de guante blanco y corrupción en las que participan grandes bancos y empresas y gobiernos de países grandes y chicos, del centro y de la periferia. La mayor parte de las operaciones de lavado y blanqueo se hacen a través de los centros financieros offshore en los que tienen sucursales todos los bancos y grandes compañías financieras del mundo. La cantidad de dinero que circula por los circuitos grises y negros del sistema es tan grande que se ha convertido en una amenaza en varios sentidos: implica una gigantesca evasión impositiva, reduce el control de los mercados monetarios de los países afectados y constituye una inmensa “caja” disponible para financiar la corrupción y el delito, por lo cual vulnera los sistemas jurídicos y políticos. Según el GAFI, “los posibles costos políticos y sociales del lavado de dinero, si no se controla o se maneja inefectivamente, son serios” (Sevares, Julio:“El dinero sucio, sangre del sistema económico y del poder” Julio2001- ATTAC Argentina).-

El crimen organizado se infiltra en las instituciones financieras, adquiriendo control de grandes sectores a través de las inversiones, ofreciendo sobornos a funcionarios públicos y también a gobiernos. En este sentido uno de los delitos que mayor control requiere para evitar su consecución de gravìsimas consecuencias económicas para los Estados, mercados y bloques económicos, lo constituye el “abuso de información privilegiada en el mercado de valores”.- Señala al respecto Calderón Susìn en su obra y citando a Gonzàlez Cussac: ...”que las pràcticas del insider trading u operaciones de iniciados se refieren al abuso de información privilegiada o confidencial en el exclusivo àmbito del mercado de valores, señalándose con tales denominaciones a aquellos comportamientos que supongan aprovechamiento de informaciones reservadas para efectuar ventajosas operaciones de bolsa sobre acciones y otros instrumentos financieros, negociables en los mercados de valores.- Recàbese al respecto que dicho delito, nace en su análisis y configuración a partir de la Gran Depresión de 1929 optàndo la pràctica americana, por la represión penal de estas conductas insider.- Y dada la evidente internacionalizaciòn de las operaciones bursátiles, desde los EEUU se ha tratado y se trata de buscar la cooperación de los paìses desarrollados en la lucha contra estos abusos y en la criminalizaciòn de los mismos.-

La influencia económica y política de las organizaciones criminales pueden debilitar el tejido social, los estándares éticos colectivos y finalmente, las instituciones democráticas de la sociedad. En los países en transición hacia sistemas democráticos, esta influencia criminal puede minar la transición. Más aún, el lavado de dinero está inextricablemente unido a la actividad criminal que lo genera. El lavado permite continuar esa actividad criminal” (GAFI. Basic Facts About Money Laundering. 12-8-2000).- Un documento del Consejo Nacional de Seguridad de los EEUU (National Security Council) aporta algunas inquietudes más precisas: “la globalización ha creado una nueva clase de amenaza para la seguridad nacional delitos de diverso tipo que incluyen el fraude financiero, que no tienen fronteras y que afectan los negocios de las empresas estadounidenses”(New York Times, 15-12-2000).- Como consecuencia de esa preocupación, en los últimos años algunos organismos internacionales y gobiernos comenzaron a manifestar preocupación por el fenómeno y lanzaron campañas para limitar algunas formas de delito financiero. Sin embargo las medidas son muy limitadas y están lejos de atacar las raíces del problema.

La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) señala tres
objetivos básicos de la regulación: 1) Protección de los Inversionistas; 2)
Mercados justos, eficientes y transparentes; y 3) Reducción de riesgos
sistémicos. Estos objetivos son de obligada referencia para los reguladores y
están estrechamente relacionados. No sólo los propios reguladores sino una
importante cantidad de estudiosos señalan que el efectivo cumplimiento de
las normas (enforcement) es indispensable para alcanzar los objetivos
mencionados.

La distinción anterior es, sin duda, crucial. La estructura institucional y los
costos económicos de lograr un efectivo cumplimiento de la ley son
sustancialmente distintos dependiendo de si el esquema se basa en el
convencimiento de los participantes, en la supervisión preventiva o en la
sanción disuasoria.

Señala Sandoval en su obra:... “es evidente que implementar esquemas de prevención de infracciones sería benéfico para la sociedad en la medida en que ellos induzcan o generen el cumplimiento normativo. Este sería el caso de mercados como el de valores, en donde las afectaciones pueden ser considerables, y por ende una
“inversión” en supervisión preventiva sería socialmente rentable”(Sandoval, Carlos A.(Pte del Autorregulador del Mercado de Colombia): “Doctrina Disciplinaria y Legal del AMV”; Mayo 2010) .-

Siguiendo a Becker (1968), quien señaló que las políticas públicas para combatir comportamientos ilegales deben considerar la eficiente destinación de recursos, señala que algunos autores han propuesto los elementos de una estructura óptima para el cumplimiento efectivo de la ley. Shavell, por ejemplo (1993), propone una estructura que involucra tres dimensiones: en qué etapa debe intervenirse -antes del acto o daño (a través de prevención) o después (a través de sanciones)-qué tipo de sanciones deben imponerse (monetarias o no monetarias), y qué clase de agentes
deben intervenir (privados o autoridades).

Concluye el autor que “Según este enfoque la estructura óptima debería combinar los tres elementos señalados de tal manera que se obtenga el máximo bienestar
social. Esto significa que la estructura debe confrontar los beneficios que
obtienen quienes infringen la ley con los costos sociales derivados del daño causado así como la inversión requerida para identificar las infracciones y
mantener el aparato sancionador.

Es interesante notar que las tres dimensiones mencionadas están
relacionadas entre sí. Por ejemplo, si la sanción que se puede imponer ante
una determinada infracción no cubre el daño causado más los costos de
asegurar el cumplimiento, la intervención debería hacerse a través de
mecanismos preventivos como el monitoreo o la vigilancia.

Las sanciones, por supuesto, tienen limitaciones. La más obvia es que ellas
sólo se imponen a quienes son declarados responsables. Si la probabilidad de
que un infractor sea detectado y declarado culpable es baja, la sanción
monetaria disuasiva debería ser alta. En el extremo, cuando la probabilidad
de detección y definición de responsabilidad es muy baja, la multa tendría
que ser tan alta que podría llegar a ser impagable. Por supuesto, también se
podría aumentar la probabilidad de detectar a los infractores, por ejemplo
con mayores inversiones en prevención o represión.

Otro aspecto que amerita una mención es qué tipo de agente (privado o
autoridad) está en mejor capacidad de buscar el cumplimiento de la ley.
Polinsky y Shavell (2000) señalan que ello depende, básicamente, de la
posibilidad de identificar a los infractores, lo cual es un tema de acceso a
información. Los inversionistas, por ejemplo, están en mejor capacidad de
detectar posibles infracciones relacionadas con manejos de sus propios
portafolios, y a través de quejas ante los intermediarios y/o las autoridades
pueden lograr el resarcimiento correspondiente. Los intermediarios, a través,
entre otros, de sus sistemas de control interno se convierten en la primera
capa de supervisión del mercado y pueden detectar patrones inusuales de
operaciones y/o conductas de sus operadores. Los “whistle-blowers”, por su
conocimiento del mercado y de las actividades de sus pares, podrían llamar la
atención sobre operaciones sospechosas. Las autoridades, por su parte, a
través de monitoreo, vigilancia y análisis, están en mejor capacidad que los
demás agentes para detectar abusos de mercado como el uso indebido de
información privilegiada o actuaciones con conflicto de interés.

Los elementos conceptuales que he mencionado permiten entender que el
cumplimiento de la normatividad de valores descansa sobre varios
elementos, en el que las decisiones disciplinarias juegan un papel
fundamental, pero no exclusivo. De allí la importancia de trabajar en
prevención, educación, ética, no sólo por parte de las autoridades sino
también por parte de los propios intermediarios y sus personas naturales
vinculadas.

Conviene reiterar el importante papel que juegan las entidades miembros en
el cumplimiento efectivo de la ley. Primero, a través del sistema de control
interno, considerando que los intermediarios deben velar porque el ejercicio
de su objeto social se desarrolle cumpliendo con lo dispuesto por las normas
vigentes. Segundo, porque en ocasiones pueden advertir situaciones
irregulares por participantes del mercado, las cuales se deben poner en
conocimiento de las autoridades. Las sanciones también incorporan un
contenido ético, y por ello, aun cuando las impuestas por el Autorregulador
se circunscriben al ámbito del mercado de valores, sería deseable que ante
faltas graves los sancionados no siguieran actuando para los mismos
intermediarios en otras actividades del mercado financiero. Estándares más
estrictos por parte de los intermediarios serían un avance de autorregulación
y ello generaría un efecto positivo sobre el mercado.

AMV ha utilizado y continuarà hacièndolo, una combinación de actividades
preventivas y sanciones disciplinarias. En materia de prevención, por
ejemplo, desde el inicio de sus labores y hasta el 2009, AMV ha enviado a
entidades miembro 198 cartas de advertencia, realizado 67 visitas
preventivas de carácter general, 394 de carácter específico y ha suscrito 6
planes de ajuste.

Sin embargo, aún con prevención, educación y colaboración de miembros y
participantes es evidente que la función disciplinaria es crucial para lograr el
cumplimiento de la ley. A diciembre de 2009 y desde su inicio, AMV ha
impuesto 105 sanciones: 29 amonestaciones, 48 multas, 21 suspensiones, 5
expulsiones y 2 de carácter administrativo.

El propósito fundamental de las sanciones es desestimular a los potenciales
infractores actuando con oportunidad e imponiendo castigos acordes con la
gravedad de las conductas. Conviene resaltar un proceso disciplinario tarda
en AMV en promedio 350 días después de la ocurrencia de los hechos, con lo
cual el mercado se beneficia de contar con decisiones que protegen la
confianza y la integridad de manera oportuna. De otra parte, es interesante
notar la forma en que han evolucionado las sanciones impuestas por AMV.
De las 31 amonestaciones impuestas, 29 ocurrieron en 2007, lo cual refleja
un acercamiento válido cuando AMV iniciaba sus actividades. A su vez, de las
5 expulsiones, 4 fueron impuestas el año anterior. Por supuesto, para evaluar
el poder disuasivo de las sanciones se requiere, entre otros, de un período
de análisis más amplio. Resalto, de todas formas, que en general los órganos
disciplinarios de AMV han impuesto sanciones acordes con la gravedad de las
conductas detectadas.

Es importante notar que la actividad disciplinaria cumple también una labor
pedagógica en la medida en que las decisiones disciplinarias permiten
establecer el alcance e interpretación de las normas que rigen el mercado de
valores. Esto resulta de gran importancia si se tiene en cuenta que hay un
cuerpo normativo amplio de leyes, decretos, circulares y reglamentos que deben evaluarse conjuntamente y que en ocasiones divergen, lo cual amerita
de una línea doctrinaria para su debida aplicación. A través de esta vía se
otorga, además, seguridad y confianza a los participantes del mercado.

Conviene anotar que sólo en muy pocas ocasiones ha habido
pronunciamientos de la Superintendencia Financiera de Colombia y AMV
sobre las mismas conductas por parte de un investigado. Es importante
recordar que la competencia disciplinaria de AMV es de carácter privado y
por ende no implica una sustitución de las funciones públicas o el ejercicio de
su delegación. La Corte Constitucional al declarar exequible los artículos
sobre autorregulación contenidos en la ley 964 señaló que se trata de dos
competencias distintas que operan en escenarios diferentes (derecho
privado y derecho público), y por ende actuaciones sobre una misma materia
por parte de ambas entidades no comprometen el principio del “non bis in
idem”.

Lo anterior, por supuesto, no significa que se debe relegar el propósito de
buscar una adecuada coordinación entre las dos entidades. Desde la propia
ley 964 se señaló la posibilidad de suscribir acuerdos o memorandos de
entendimiento entre la autoridad pública y los organismos autorreguladores
a fin de coordinar esfuerzos en materia disciplinaria, de supervisión e
investigación. Actualmente está vigente un memorando de entendimiento
suscrito en noviembre de 2007, el cual sustituyó uno previo suscrito en
diciembre de 2006. Este ha sido un instrumento valioso para la coordinación
de actividades, buscando que ambas instituciones cumplan sus objetivos de
la manera más eficiente posible. Si bien, entonces, la duplicación no existe de
acuerdo con la doctrina constitucional, en la práctica hay un campo
importante para la coordinación a fin de adelantar las investigaciones y
procesos tratando de optimizar los recursos disponibles en ambas entidades”(Sandoval, ob.cit.)

Es importante considerar como bien señala el autor y como es de necesario cumplimiento en la pràctica, hecho por el que bregan las instituciones y organismos desde los niveles internacionales, buscar y lograr la coordinación y memorandos de
entendimiento entre la autoridad pública y los organismos autorreguladores
a fin de coordinar esfuerzos en materia disciplinaria, de supervisión e
investigación, como ocurre en Colombia. Actualmente está vigente un memorando de entendimiento suscrito en noviembre de 2007, el cual sustituyó uno previo suscrito en diciembre de 2006. Este ha sido un instrumento valioso para la coordinación
de actividades, buscando que ambas instituciones cumplan sus objetivos de
la manera más eficiente posible. Si bien, entonces, la duplicación no existe de
acuerdo con la doctrina constitucional, en la práctica hay un campo
importante para la coordinación a fin de adelantar las investigaciones y
procesos tratando de optimizar los recursos disponibles en ambas entidades.

Podemos concluir considerando la importancia fundamental que el derecho penal, como ciencia pràctica acoplada, a otros dos sistemas sociales, como señala Muñoz Conde en su obra: ...”a saber, primero con la fijación autoritaria del derecho en forma de leyes, es decir, con la política y segundo, aùn màs fuertemente, con la pràctica de la diferenciación entre derecho e injusto, es decir, con el sistema juridico propiamente dicho.- Segundo con el sistema de la educación, que està institucionalizado a travès de la unión personal de cientìficos y profesores académicos y que ha conducido a una profusión todavía creciente de obras didácticas, las cuales no pretenden aportar por sì mismas ciencia, sino quizà, capacitar para dicho rendimiento o cuando menos, para la participación en la pràctica jurídica, por cierto, un acoplamiento entre formación y mercado editorial que por su parte merecerìa un estudio.- Los sistemas acoplados: ciencia, política, derecho, educación...- El gran desafìo del presente, el dominio del sistema económico y como consecuencia de ello, la internacionalizaciòn de todas las instituciones, va a imponer de todas formas, un nuevo orden”.- La època en que la sociedad (tambièn) se representaba a travès de su ciencia libre de fines, al igual que el medioevo (tambièn) lo hacìa a travès de sus catedrales, parece tocar a su fin: la economía no valora el conocimiento per se, sino sòlo el conocimiento aprovechable, es màs aprovechable para ella misma, para una economía que actúa internacionalmente.- Para èsta acostumbrada a hacer balance anualmente o incluso con mayor frecuencia, un conocimiento jurídico-penal, es solo aprovechable para ver como puede mejorar màs o menos a corto plazo la situación de seguridad de los bienes, o al menos, mantenerse.- Empleando el tèrmino clave, lo que se exige es efectividad del derecho penal”.- (Muñoz Conde, coord.Versión Española y Eser y otros Coords.versión Alemana: “La Ciencia del Derecho Penal Ante el Nuevo Milenio”.- Ed. Tirant To Blanch, Valencia 2004, pags 53/64).-

Pero no debe olvidarse, que las leyes las hacen los políticos.- Y al respecto cabe considerar: ...”sin embargo aùn los sistemas políticos màs herméticos se han visto vulnerados por la globalización que preside el juego de relaciones en nuestros dias, permitiendo que la sociedad conozca desviaciones de poder que desde la distancia, se ignoraban no hace mucho tiempo atràs”como bien expresa Caparròs en su trabajo.- (“La corrupción política y econòmica: anotaciones para el desarrollo de su estudio“ en: “ La Corrupción: Aspectos Jurídicos y Economicos”; Rev.Jca. coord.. Eduardo A. Fabián Caparròs; Ed. Ratio Legis, Salamanca 2000, España).-

Podemos concluir expresando que ..."Surge manifiesta la relaciòn entre democracia, estado de derecho y desarrollo econòmico, explicandocòmo sin una garantìa del cumplimiento de la ley, del respeto de los contratos y de la propiedadprivada,no es posible la prosperidad de los pueblos" (Ferro Ilardo, Susana B.: "Estudios Latinoamericanos:palabras clave para la regiòn"; Ed. Dunken S.A.; Bs. As., Mayo 2008).-

TERCERA PARTE

DRA. SUSANA BEATRIZ FERRO ILARDO

lunes, 14 de junio de 2010

LA BUENA GOBERNANZA; EL DESARROLLO ECONOMICO Y LA COOPERACION INTERNACIONAL -EN LA LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO Y LA CORRUPCION.- *SEGUNDA PARTE”


DPCA


NECESIDAD DE MEDIDAS SANCIONATORIAS.-EFECTIVIDD DE LA LEY.-


ACTOS DE CORRUPCION


"Transferencia del Poder en las Democracias
En una democracia saludable las elecciones garantizan la estabilidad y que los gobiernos tengan que rendir cuentas ante los gobernados"
FTE: Amercian .gov

I.- INTRODUCCION.-
Analizábamos en nuestro articulo anterior, el Acuerdo de Cotonú que entre otros, establece, que los derechos humanos, los principios democráticos y el Estado de Derecho, pueden ser entendidos como condiciones requeridas para la buena gobernanza y contempla un mecanismo internacional de monitoreo, de aquellos dos niveles: el diálogo político y el procedimiento de consulta.-

Lo importante a considerar es que tanto los mecanismos establecidos en organizaciones internacionales de carácter regional, como los tratados de proteccióon de los derechos humanos y los tratados para la prevención y combate de la corrupción, deben ser considerados como mecanismos internacionales para la protección de la buena gobernanza.-

Se ha considerado a la corrupcióon como un obstáculo relevante para la buena gobernanza que perjudica el desarrollo social, económico y político.- Así lo demuestran diferentes documentos del Banco Mundial, la Comisión Europea, documentos internacionales como el Documento Final de la Cumbre 2005 de Naciones Unidas y el propio Acuerdo de Cotonú como hemos analizado.-
Existe consenso en que aquélla debe ser prevenida y reprimida, especialmente porque la globalización también ha contribuido a extenderla, lo cual ha llevado a la concreción de diversos Tratados.-

Como bien señala Olivares Tremón: …”éste vínculo entre buena gobernanza y corrupción, así como la amenaza que ésta representa contra la estabilidad y el desarrollo económico y social de los países, lo encontramos en el preámbulo de la Convencióon de Naciones Unidas contra la Corrupción y de las restantes Convenciones expresadas de diversas formas.- Asimismo se expresa en los preámbulos de todos los Tratados antes mencionados, la necesidad de hacer modificaciones legislativas a nivel interno para prevenir y reprimir la corrupción, así como la constatación de que la lucha contra la corrupción requiere de cooperación entre los Estados.- Por lo tanto, podemos afirmar que los Tratados Internacionales contra la corrupción responden no sólo al reconocimiento de que para prevenir y combatir la corrupción se necesita de la cooperación internacional, sino que reflejan el interés de la comunidad internacional por promover y defender la democracia y la buena gobernanza, entendiendo que la corrupción es una amenaza a las dos primeras, siendo su defensa y promoción una cuestión de interés de la comunidad internacional.- (1).-

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1 Los antecedentes internacionales relativos al combate de la corrupción son los siguientes: De carácter vinculante: Ley de Sobornos Transnacionales (EEUU -1977).- En ese momento se solicita al Comité Económico y Social de Naciones Unidas que elabore un proyecto, pero fracasa en 1981.- Luego, se emiten varios instrumentos que carecen de efecto vinculante y en el año 1996, se dicta la Convención interamericana contra la Corrupción.- En 1997, se firma la Convención para combatir el Cohecho de funcionarios pùblicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, en el ámbito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).- Posteriormente fue adoptada la Convenciòn de Derecho Penal sobre Corrupción en enero de 1999 y la Convención de Derecho Civil sobre Corrupción de nov. de 1999, ambas en el marco del Consejo de Europa.- El penúltimo trabajo fue el de la Convención de la Unión Africana sobre Prevención y Combate a la Corrupción de Julio de 2003 y la última Convención la de Naciones Unidas contra la Corrupción de octubre de 2003.- Esta última es el único Tratado Internacional contra la corrupción de carácter universal y abarcando por ello a más Estados parte que los restantes Tratados, además de poseer un objeto más amplio y entró en vigor diciembre de 2005.- Contiene 8 Capìtulos.- En el Capítulo I se analiza el tema referente al funcionario pùblico en el ámbito nacional, el cual ha sido independizado de las referencias a los ordenamientos jurídicos nacionales, sin perjuicio de permitir a los Estados parte una ampliación del término.- De ese modo se entiende que son funcionarios públicos todas las personas que ejercen funciones legislativas, ejecutivas o administrativas y judiciales en un Estado Parte, sea por designación u elección, de manera temporal o permanente y sean funciones remuneradas o pagadas por medio de honorarios, cualquiera sea la antigüedad del ejercicio de la persona en el ejercicio de esa función.-También son incluídos los funcionarios de organizaciones internacionales y los funcionarios públicos extranjeros.-
El Capìtulo II de la Convención, está dedicado a las medidas preventivas de la corrupción, lo que responde a una de las finalidades de la CUNCC y al convencimiento de la comunidad internacional de que la corrupción no prospera cuando hay control social y se inculca la integridad y la transparencia.-
Con ese fin se obliga a los Estados Parte en este Capítulo de la Convención, entre otros a: establecer órganos especializados de prevención de la corrupción y a incluir a la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción, facilitando su educación en estas materias, el acceso a la información y la participación en los procesos de toma de decisiones, con el fin de aumentar la transparencia de la administración en los Estados Parte, éstos son obligados a fomentarla en su organización y funcionamiento y procesos de adopción de decisiones asi como a promover la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre los funcionarios públicos, a establecer sistemas de contratación pública basados en la transparencia, competencia y objetividad, ademàs de realizar una gestión de la hacienda pública transparente y sometida a la obligación de rendir cuentas.- Para la prevención de la corrupción en el sector privado, los Estados Parte son obligados a establecer normas de contabilidad y auditoría que promuevan la transparencia y confianza en las entidades, evitando que incurran en determinadas conductas contrarias a dichos objetivos.- Asimismo cada Estado parte es obligado a prohibir la deducción tributaria de gastos que constituyan soborno o destinados a promover actos corruptos.- Por lo tanto se preveen disposiciones para la administración pública que apuntan a la transparencia y eficacia del personal de la administración pública.- Para ello, son promovidos regímenes de contratación, remuneraciones y promoción que persigan el mèrito, la equidad y la aptitud, así como los códigos de conducta para el desempeño correcto y honorable de las funciones públicas y normas que faciliten la denuncia de los actos corruptos por parte de los funcionarios públicos.- De la misma forma se incentiva la publicidad de una serie de circunstancias que pueden dar lugar a conflictos de intereses.- En su última parte este Capìtulo, está destinada a las medidas de prevención del blanqueo de dinero.- De acuerdo a ellas, se obliga a los Estados Parte a reglamentar y supervisar a los bancos, así como a todas las entidades y personas que puedan ser utilizadas para blanquear fondos.- Adicionalmente, los Estados quedan obligados a garantizar la coordinación de las entidades nacionales que combaten el lavado de dinero.-
Capítulo III: contempla las normas penales y los aspectos relativos a su aplicación que deben ser establecidos por los Estados.- La primera parte de este Capítulo està dedicada a los tipos penales que deben ser integrados en las legislaciones nacionales y que por ende, es entendida como la armonización legislativa mìnima en materia penal que la comunidad internacional entiende debe ser realizada para combatir la corrupción.- En primer lugar està contemplado el soborno activo y pasivo de los funcionarios públicos.- En ambos tipos de sobornos, lo perseguido es que un funcionario público actùe o se abstenga de actuar en el cumplimiento de sus funciones oficiales; no obstante, en el soborno activo, quien incurre en el delito es el que induce al funcionario público; mientras que en el soborno pasivo, es el funcionario el que solicita o acepta un beneficio indebido.- La CNUCC ademàs, hace obligatorio para los Estados Parte la tipificación del soborno activo de funcionarios públicos extranjeros y de organizaciones internacionales, no implicando este delito uan alteración de las reglas internacionales sobre inmunidades, sino que se ha instado en esos casos a renunciar a aquellas inmunidades.- Tambièn deben ser tipificados la malversación o peculado, la apropiación indebido u otras formas de desviación de bienes por funcionarios públicos.- …La CNUCC hace obligatoria la sanción del blanqueo de capitales, en atención a observarse que frente a la globalización económica y los avances de la tecnología el producto de los delitos cometidos en un país puede trasladarse a otros, apareciendo entonces como capitales o activos legítimos en cualquier parte del mundo.- Por ello y dada la estrecha vinculación de estas actividades ilícitas con la corrupción es que la CNUCC hace obligatoria la sanción del blanqueo de dinero.- Asimismo debe ser tipificada la obstrucción de la justicia para asi penalizar la obstaculización de los testimonios de testigos o la intervención de la autoridad o la aportación de pruebas en procesos destinados a determinar la comisiòn de delitos previstos en la CNUCC.- Desde la armonización legislativa que es exigida por el Tratado internacional, en este Capìtulo se analiza la responsabilidad de las personas jurídicas por su participación en los delitos establecidos en la CNUCC, pudiéndo ser de carácter penal, civil o administrativo. – Este Capitulo es muy importante, porque hace referencia a delitos cuya tipificaciòn no es obligatoria en los Estados Parte, y sin embargo, los encontramos legislados aquí con caràcter universal: ellos son: soborno pasivo de funcionarios públicos extranjeros y de funcionarios de organizaciones internacionales; el tràfico activo y pasivo de influencias; el abuso de funciones; el enriquecimiento ilìcito; el soborno en el sector privado y la malversación o peculado en el sector privado.- Asimismo, se contienen las medidas y mecanismos que respaldan la penalización de los delitos en ella contemplados.- Se incluyen: presunciones para la determinación del elemento subjetivo y la participación en los delitos establecidos en la convención, a la prescripción y a la que apuntan a garantizar la efectividad de los procesos judiciales que se sigan en los procesos sobre delitos contemplados en la Convención.- Tambièn contiene normas relativas al embargo preventivo, incautación y decomiso del producto de los actos de corrupción y de los instrumentos utilizados en la comisión de hechos ilìcitos, respecto de los cuales la CNUCC señala que el secreto bancario no podrà ser obstáculo para todas esas medidas, estableciendo una reversión de la carga de la prueba relativa al origen lìcito de los bienes que es facultativa para los Estados Partes contemplar en sus legislaciones.- Se contienen ademàs disposiciones sobre protecciòn de testigos, peritos, vìctimas y denunciantes de los delitos establecidos en ella.- Indemnización de los Estados Partes contra los responsables de actos de corrupción que hayan causado daño o perjuicio, aunque en la medida de lo posible de acuerdo al ordenamiento jurídico de los Estados.- La corrupción es un delito con víctimas.-
El Capìtulo IV: está dedicado a la cooperación internacional.- Sus disposiciones reflejan los principios jurìdicos tradicionales sobre extradición y asistencia judicial recíproca.- Sin perjuicio de ello, Los Estados Parte podràn conseguir la extradición por un delito de corrupción que no sea punible conforme a su derecho interno.-
El Capítulo V: preveé la recuperación de los activos obtenidos a través de la corrupción u otros medios ilìcitos que han sido transferidos al extranjero, lo cual es considerado uno de los logros màs significativos de la Convención.- Este principio obliga a los Estados Parte a prestarse la màs amplia cooperación y asistencia al respecto.- Esta posibilidad es considerada esencial para los paìses en desarrollo que son afectados por la corrupción en gran escala y que involucra a los activos de alto valor.- A estos efectos se contemplan medidas preventivas respecto de los bancos, las instituciones financieras para disponer de la información sobre fondos de origen ilìcito, y de esta forma poder obtenerse su recuperación.- Para ello las instituciones financieras están obligadas a aplicar dos principios fundamentales: a) know your costumer y b) Politically exponed persons (expresa al respecto Van Aaken, citado por Olivares Tramón…”que dichos principios son propios de las convenciones internacionales que tienen como objetivo la penalización del lavado de dinero, como por ejemplo la Convención de las Naciones Unidas contra el Tránsito ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de Directivas de la Comunidad Económica Europea y del catálogo de medidas propuestas por el GAFI, el Grupo de Acción Financiera”).- En segundo lugar, la CNUCC regula la recuperación de activos propiamente dichos, normando detalladamente el contenido de la legislación nacional de los Estados Parte sobre cooperación internacional para el decomiso.- Así como la recuperaciòn directa de los activos ilìcitos.- Se contempla tambièn, la obligación de reconocer a otros Estados Parte, acciones ante los Tribunales del Estado requerido para determinar la titularidad o propiedad de esos activos, así como para demandar la reparación o indemnización de los daños causados por delitos de los contemplados en la CNUCC.- Como se expresara, esta Convención es la última relativa al tema corrupción; es por lo tanto la màs completa y detallada.- Solamente no contiene la temàtica sobre financiación ilegal de los partidos polìiticos y contiene asimismo, una serie de disposiciones que no poseen carácter obligatorio, en atención a ceder dicho carácter frente al de la universalidad.- Mientras mayor sea el grado de homogeneidad de los Estados, mayor será el nivel de su obligatoriedad.-

Por último cabe considerar, que la democracia, el Estado de derecho, el respeto por los derechos humanos y la buena gobernanza, deben ser consolidados dentro de cada uno de los Estados.- Un mecanismo de seguimiento o de monitoreo de un Tratado Internacional contra la corrupción, puede contribuir a fortalecer la capacidad de los Estados para prevenir y combatir la corrupción y promover la aplicación de un Tratado de este tipo, pero son las instituciones polìticas de un paìs las llamadas en primer lugar a afrontar el objetivo de este tipo.- Se puede cooperar para ayudar a encontrar las àreas màs dèbiles dentro de un Estado, ayudar a su corrección, disminución y prevención, sin embargo corresponde a ese Estado respecto de sus políticas públicas, encontrar la manera de limitar el delito, a cuyos efectos, como hemos expuesto, la cooperación administrativa y judicial es de fundamental importancia.- Pese a las limitaciones del la CNUCC , ésta debe ser considerada un gran avance, en atención a que los estàndares internacionales sobre “transparencia y represión de la corrupción” han quedado fijados en un texto que contribuye decididamente a universalizar el sentido de la buena gobernanza, sin embargo debe recordarse tambièn, como se expusiera, que dichos conceptos y su preponderancia dentro de cada Estado, como asi tambièn su respeto, dependen de la fortaleza de las instituciones y ello, constituye un logro de cada Estado.-

...”Debe considerarse, que la economía tiene connotaciones políticas.- Expresa Olson, que la economía y la política no son autónomas entre sí.- Ni la economía se desenvuelve sin la presión de la política, ni ésta, prevalece ajena a los móviles que imperan en el campo de la economía.- La trabazón, es notoria, aunque no todos lo perciban, o pretendan soslayarla.- Y también, es indisoluble.- La economía política se plasma entonces con la ideología política de la clase que ejercita el poder y cuenta con quienes gravitarán decididamente sobre la opinión pública: factores de poder; grupos de presión; partidos políticos; prensa; radio; televisión; cátedras, entre los más destacados.- Surge así, que la economía está presente en todas las manifestaciones de la vida social a través de la producción y el consumo.-

La organización institucional de la sociedad, el poder político, las leyes, la clase dominante, la clase dominada, el nivel de vida de la población, el progreso, la miseria, etc.- En todo, influye la economía por reflejo directo o por las formas aparentes, surgiendo asi manifiesta la relación entre Democracia, Estado de Derecho y desarrollo económico, explicando cómo sin una garantía del cumplimiento de la ley, del respeto de los contratos y de la propiedad privada no es posible la prosperidad de los pueblos.- Este planteamiento debería haberse considerado y debiera considerarse al momento de acometer las reformas estructurales en los países de Latinoamérica, ya que gran parte de sus problemas, como hemos observado, radican en la falta de confianza de los inversores, incluso, de sus propios ciudadanos, respecto de las decisiones en manos de los poderes públicos.- De ahí que sea preciso la existencia de normas dirigidas a generar mayor confianza y seguridad jurídica y funcionarios con la ética y el criterio necesarios para dirigir los destinos de las naciones y los mercados“.-

Los factores de orden económico, tienen que velar porque disminuya la proliferación de la violencia criminal en sociedades que han quedado dañadas por diversas crisis económicas y sociales, como ocurriera en los casos de México, Colombia, Venezuela, el Salvador, Brasil y Argentina.-
La inseguridad se vincula con la ampliación de los circuitos del narcotráfico, el terrorismo, la ilegalidad, la informalidad, el mercado negro y la corrupción pública y privada, que aprovechan la pobreza extrema (2).-
Pocos son los que se atreverían a dudar de los efectos perniciosos, de todos ellos sobre los sistemas politicos y socioeconómicos.- Con su presencia, son minadas las bases sobre las que se asientan la Democracia y el Estado de Derecho, incidiendo negativamente sobre el crecimiento económico de las naciones y vulnera el derecho fundamental a la igualdad proclamado por el artículo primero de la declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (3).- La ausencia o debilitamiento de las instituciones encargadas de impartir justicia y las fallas evidentes en la imposición de la ley, importan que estos fenómenos se hayan apoderado de la vida cotidiana y moral, de los distintos sectores de las comunidades latinoamericanas.-
Expresàbamos que la inseguridad se vincula con la ampliación de los circuitos del narcotráfico, el terrorismo, la ilegalidad, la informalidad, el mercado negro y la corrupción pública y privada, que aprovechan la pobreza extrema.- Al respecto podemos referenciar”(Ferro Ilardo, Susana B.: “Estudios Latinoamericanos, palabras claves para la región”.- Ed. Dunken S.A, Buenos Aires, Argentina, Mayo 2008,pàg 145).-

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(2) Ver Caparrós, Eduardo A. Fabián: “La corrupción de los servidores públicos extranjeros e internacionales (Anotaciones para un Derecho Penal Globalizado)”; Rodriguez Gómez, Cármen:“Aspectos penales de la corrupción en la Administración Pública“: Castresana Fernández, Carlos: “Corrupción, globalización delincuencia”; Muriel Patino, Maria V.: “Aproximación macroeconómica al fenómeno de la corrupción”; Lozano Garcia, M. Belén: “Las debilidades del gobierno corporativo en los casos de corrupción: el papel del Consejo de Administración”; Carbajo Cascón, Fernando: “Corrupción pública y privada y derecho privado patrimonial”; Chamorro y Zarza, José A: “Algunas consideraciones sobre la evasión de los impuestos y las normas de transparencia fiscal”; Rivero Ortega, Ricardo: “Corrupción y contratos públicos”; Rodriguez López, Fernando: “¿Puede el Derecho sancionador frenar la corrupción?; Rodriguez Garcia, Nicolás: “La necesaria flexibilización del concepto de soberannia en pro del control judicial de la corrupción”; Garcia Sauco, Antonio: “La Convención de Naciones Unidas contra la corrupción” Bibliografia a consultar en “La corrupción en un mundo globalizado: análisis interdisciplinario”: Coordinadores: Nicolás Rodriguez Garcia y Eduardo A. Fabián Caparrós; Edl Ratio Legis España 2003.- “De los delitos y las penas hoy.- La nueva Reforma del Codigo Penal”: Coordinadores: Diego Diaz Santos; Matellanes Rodriguez, Nuria; Eduardo A. Fabián Caparrós; Ed. Ratio Legis, 2009.- “Fraude y corrupción en el Derecho Penal económico europeo”; Coords: Nieto Martin, Adán y Arroyo Zapatero, Luis; Ed. De la Universidad de Castilla La Mancha, Cuenca 2006.- Callegari, Andre: “El delito del blanqueo de capitales en España y Brasil”; Ed Universidad Externado de Colombia, 2003; “La adecuación del derecho penal español al ordenamiento de la Unión Europea.- La politica criminal europea”.- Director: Javier Alvarez Garcia; Coordinadores: Javier A. Garcia y ots.- Ed. Tirant lo blanch,2009.-
(3) Desde la Comunidad Internacional se comenzó a tomar conciencia de las consecuencias devastadoras de la corrupción, en los últimos años del siglo pasado y han sido numerosos los instrumentos supranacionales que se han adoptado para tratar de combatirla- Las principales organizaciones internacionales y regionales, como las Naciones Unidas, el Consejo de Europa, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, la Unión Europea o la Organización de Estados Americanos, cuentan, entre sus logros con importantes documentos relativos a dichos temas conflictivos para nuestras sociedades y mercados.-

Ahora bien, la pregunta a formularnos es…¿porqué si se poseeen los instrumentos necesarios, se llega entonces a situaciones como las que observamos en Hungría, en las que imperó con tal envergadura la corrupción entre otros delitos, y que han coadyuvado a la situación economico-financiera de endeudamiento pùblico y privado del país, como se ha destacado en nuestro artículo anterior?.- Esperemos que, como ha sido señalado públicamente, los responsables salgan a luz, se pueda recuperar parte de esos activos y sean sancionados conforme se ha normado y que ello conlleve necesariamente al fortalecimiento de las instituciones del Pais, y por ende de su democracia, las que a la fecha se encuentran muy deterioradas.-

Al respecto y siguiendo a González Enríquez podemos considerar, …”que desde la filtración del discurso de Gyurcsány (El propio Gyurcsany incluyó la transcripción de su discurso en su blog cuando su intervención se hizo pública) se ha ido deteriorando aún màs la imagen de la clase política y de las instituciones. Durante estos últimos años la desafección hacia la política, la desconfianza en los políticos individuales y en los partidos políticos y la insatisfacción con la democracia han crecido de forma alarmante. Así, mientras que en Europa Occidental la media de los que consideran globalmente insatisfactoria la forma en que la democracia funciona en su país es del 28% (con grandes diferencias internas entre el Norte y el Sur), en Europa del Este la media es del 55% y Hungría se sitúa en el pelotón de cabeza, sólo precedida por Bulgaria.


Tabla 1.


Porcentaje de insatisfechos con la democracia de su país


País Porcentaje
Bulgaria 83
Hungría 71
Letonia 69
Croacia 59
Rumania 54
Estonia 46
República Checa 44
Eslovenia 42
Polonia 40
Eslovaquia 40
Fuente: Encuesta Social Europea, 2008.


Usando otros indicadores, también el Eurobarómetro de 2009 muestra que la confianza de los húngaros en el gobierno, el parlamento y los partidos políticos es notablemente menor que la media europea.


Tabla 2.


Porcentaje de los que confían en las siguientes instituciones


Hungría Media UE-27
Gobierno nacional 14 29
Parlamento nacional 15 30
Partidos políticos 9 16
Fuente: Eurobarómetro nº 72, 2009.


La corrupción está directamente conectada con esta insatisfacción, aunque en menor escala que en otros países del Este. Con un índice de 5,1 sobre 10, Hungría se situaba el año pasado en el puesto 46 de los 180 que abarca Transparency International, con la mayoría de los Estados de Europa del Este en una posición inferior (también Italia y Grecia están por debajo). Según recoge el Barómetro sobre Corrupción de 2009, realizado por Transparency International como complemento a su Índice de corrupción, el 14% de los húngaros había pagado algún tipo de soborno en los meses anteriores y el 42% consideraba a los partidos políticos como la institución más corrupta.” (González Enríquez, Carmen: “Hungría: las elecciones de la crisis (ARI) 78/2010-27/04/2010).-


En síntesis: Tras dos décadas de experiencia democrática, economía de mercado y adaptación a las normas e instituciones europeas, Hungría se encuentra inmersa en una crisis económica y social que tiene una larga raíz y alguna semejanza con la que provocó el final del experimento socialista en 1989: expresado brevemente, la incapacidad de los sucesivos gobiernos, ya fueran autoritarios o democráticamente elegidos, para restringir los gastos del país al nivel de sus ingresos. Hungría lleva cuatro décadas viviendo por encima de sus posibilidades. Gobiernos deseosos de satisfacer a sus clientes, ya fuera para lograr un sustento social al régimen socialista, ya para lograr apoyos electorales en la nueva democracia, han provocado un continuo aumento de la deuda pública. Ya en 1982 Hungría tuvo que ingresar en el Fondo Monetario Internacional y aceptar su disciplina para reducir la deuda pública, que en 1989 alcanzó el equivalente a 2.000 dólares por habitante, la mayor deuda per cápita de los países de Europa Oriental. La deuda pública no ha cesado de crecer en todo este período democrático: era de 25.000 millones de euros en 1996 y ha llegado a 78.000 millones en este año (8.000 euros per cápita), lo que equivale al 80% de su Producto Nacional Bruto.


La crisis financiera internacional declarada en el año 2008 golpeó con especial dureza a Hungría cuando los inversores extranjeros, temiendo por la estabilidad del país ante el peso de su deuda pública, se retiraron de su mercado provocando una depreciación de la moneda nacional, el fórint. Para los particulares la depreciación del fórint supuso un desastre: Durante los años anteriores el 90% de los préstamos hipotecarios o para la compra de un coche se establecieron en euros o en francos suizos, con tipos de interés más bajos que el fórint. En 2008, la combinación de la subida de los tipos del euro y la bajada del valor del fórint dejó a miles de familias en situación de insolvencia, incapaces de pagar sus deudas. La misma insolvencia amenazaba al Estado húngaro, que se vio obligado a acudir de nuevo al FMI para recibir un crédito de 25.000 millones de dólares en total (16.000 millones del FMI, 8.000 millones del Banco Central Europeo y 1.000 millones del Banco Mundial), una cantidad que equivale a 2.600 dólares por habitante.
La crisis se ha traducido además en una reducción de la actividad económica, con un descenso del PNB del 6,3% entre el 2008 y el 2009, un aumento del paro y un efecto depresivo sobre los niveles salariales, lo cual sumado a la crisis politica evidenciada hasta hace pocos dias, a los altos niveles de corrupción imperantes que influyen de manera absoluta en la economía, y a los falseamientos de balances públicos, la nueva dirigencia està obligada a tomar “el toro por las astas” y a poner orden inmediatamente, tomando las medidas de polìtica pública necesarias, y realizando las denuncias pertinentes a efectos de fortalecer la democracia y sus instituciones y lograr el desarrollo económico sustentable necesario, logrando generar nuevamente lo esencial: la confianza de su pueblo.-


Al respecto recàbese que la tarea, como en todo pàis en el que ocurra una situación semejante, es ardua, pero no imposible y necesaria y debe ser efectiva.-


Ûtiles y necesarias son ante supuestos de no conocimiento directo de las situaciones, las encuestas.- Medir los casos de corrupción de un año a otro.- Analizar los casos de corrupción según involucren personas físicas e instituciones, a saber: empresas pùblicas, municipalidades; Ministerios; Entes fiscalizadores y reguladores; Poder Judicial; Policia; Hospitales; FFAA; Càmaras; Aduanas; Parlamento, o legislaturas; empresas e instituciones privadas;otros.-Rankear los hechos de corrupción; Clases de ilìcitos: tràfico de influencias; pagos ilìcitos; mal uso de recursos o bienes fiscales, encuesta que puede combinarse con los datos de las instituciones públicas afectadas, son comùnmente las màs afectadas pues suelen concentrar entre un 30 y un 45% y en algunos supuestos màs,de los casos de mal uso de bienes o recursos fiscales; otros.-
Tener en cuenta en las mismas el propósito de los ilícitos: ganar una licitación; entrega de permisos; acelerar un tràmite; influenciar una regulación; entregar información privilegiada; inspecciones: ganar un juicio, en especial si es contra el Estado; otros.- Medir la corrupción en el sector privado, y no olvidar lo esencial: por un lado, que uno de los factores relevantes en el combate de la corrupción es el sistema de sanciones.- La disuasión de la conducta criminal depende de la probabilidad de detección de castigo y de lo elevadas que sean las penas; por otro, que el modelo penal europeo, apuesta por un modelo federal similar al existente en los Estados Unidos y cuenta con una propuesta muy concreta dentro de la UE que es el Corpus Iuris y la creación del MF Europeo.-


SEGUNDA PARTE

DRA. SUSANA BEATRIZ FERRO ILARDO

BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA:


“CONSTITUCIÓN, DERECHOS FUNDAMENTALES Y SISTEMA PENAL”; Directores: Carbonel Mateu, J.C.; Gonzalez Cussac, J.L y Orts Berenguer,M.L.; Ed. Tirant To Blanch, Valencia, España, 2009.-


“TEORIA BÁSICA DE LOS IMPUESTOS. UN ENFOQUE ECONOMICO”:Autores: MerceCosta; José Maria urna; Marta Espasa; Alejandro Esteller y Antoni Mora.-

REVISTAS JURÍDICAS:

“DERECHO PENAL DE LA DEMOCRACIA VS. SEGURIDAD PÙBLICA”: Coordinadores Ignacio Verdugo Gòmez de la Torre y Nieves Sanz Mulas;Ed. Comares, Granada, España, 2005.


"DE LOS DELITOS Y LAS PENAS HOY: LA NUEVA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL”; Cooridnadores: Maria del Rosario Diego Diaz Santos; Nuria P.Matallanes Rodríguez; Eduardo A. Fabián Caparrós.- Ed. Ratio Legis, Salamanca, España, 2009


"EL DESAFIO DE LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA”: Coordinadora Nieve Sanz Mulas; Ed. Comares, Granada, España 2006.-

miércoles, 9 de junio de 2010

LA BUENA GOBERNANZA; EL DESARROLLO ECONOMICO Y LA COOPERACION INTERNACIONAL EN LA LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO Y LA CORRUPCION.- (PRIMERA PARTE)


UNION EUROPEA

"El desarrollo depende de un buen gobierno
Fte: America.gov



I.- Introducción.- El marco teórico e ideológico que caracterizó las operaciones del FMI y del Banco Mundial

Durante las décadas de 1980 y 1990, los objetivos de introducción de reformas de mercado, en las estructuras económicas y sociales, generaron fuertes resistencias y reacciones que importaron un cambio de agenda pública de las instituciones financieras internacionales. Estos cambios se llevaron a cabo, a través del denominado "Pos Consenso de Washington", cuya agenda, incorporó entre otros, los siguientes elementos: participación y fortalecimiento de la sociedad civil; nueva arquitectura financiera internacional; transparencia; redes de contención social y buena gobernanza” (1).- Al respecto, Jaime y Sabaté en su obra, consideran que…” aún con la incorporación de nuevos elementos sociales e institucionales a la agenda, el Pos Consenso de Washington, no rechaza el énfasis en los mercados libres y abiertos del Consenso de Washington (Higgott y Phillips, 1999).

La agenda de Buena Gobernanza, sería el producto de una evolución en el involucramiento del Banco, en los procesos de democratización asociados a la liberalización económica, aunque con los límites establecidos en los mandatos legales del Banco, que le prohíben intervenir formalmente, en aspectos políticos en el marco I.- Introducción.- El marco teórico e ideológico que caracterizó las operaciones del FMI y del Banco Mundial
de sus operaciones.-


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(1) Higgott, 2000; Higgott y Phillips, 1999, citado por Jaime y Sabaté, ob. Cit, pág. 70.-


Se considera que esta nueva agenda… “al adoptar una aproximación a la gobernanza como un concepto neutral en el que los procesos decisorios racionales y la eficiencia en los resultados prevalecen (Higgott, 2000: 143), a la vez que se enfoca en adecuar el rol del Estado a sus capacidades, presenta marcadas continuidades en la concepción del Estado con respecto a las visiones del Consenso de Washington“ (2).
Este nuevo concepto, impulsó el análisis y la necesidad de implementar nuevos temas en la agenda de reforma del Consenso de Washington, como se expresara anteriormente.- Siguiendo el lineamiento perfilado por Jaime y Sabaté…”la agenda de Buena Gobernanza enfatiza el rol restringido del Estado y se enfoca primordialmente en el proceso de gerenciamiento de la cosa pública, el incremento de la rendición de cuentas y el control de la corrupción para permitir la continuidad de la implementación de reformas de mercado. Asimismo, existe una clara continuidad en los mecanismos por los cuales las reformas estructurales -tanto en materia de buen gobierno como en otras áreas- son canalizadas: los préstamos de ajuste estructural” (3).-

En el “Consenso de Washington", John Williamson compendió en el año 1990, los elementos básicos de las políticas de libre mercado, como eran entendidos por la comunidad financiera internacional, enfocados principalmente, en la ortodoxia fiscal, la liberalización económica y la reducción del rol del Estado en la economía.- Bajo el precepto de que las políticas neoliberales eran las prescripciones apropiadas para los países peticionantes de créditos, los mandatos del Banco Mundial desde la década de 1970 generaron una convergencia operativa en los mandatos e instrumentos con el Fondo Monetario Internacional.- Así, el marco teórico e ideológico, que caracterizó las operaciones del FMI y del Banco Mundial, permitió un reforzamiento mutuo en las funciones de las instituciones de Bretton Woods para inducir reformas estructurales en los países en desarrollo. En este sentido, el discurso neoliberal asumió que las fórmulas del Consenso de Washington, que fueran consideradas apropiadas para las economías occidentales, eran deseables y necesarias universalmente, ya que los problemas económicos de los países en desarrollo eran vistos como esencialmente determinados


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(2) Jaime y Sabaté, ob. cit. Pág. 70.-
(3)Jaime y Sabaté.ob.cit.Pág.70.-

por las acciones propias de estos países.- En virtud de ello, las prescripciones de política del Consenso de Washington fueron diseminadas por los países en desarrollo, siendo necesario para ello, implementar estrictas políticas fiscales y monetarias; un creciente cambio en el sector privado; la necesaria remoción de las protecciones de orden interno de los países frente a la economía internacional, en especial en los ámbitos comercio y finanzas y un mayor sustento en las soluciones de mercado para los aspectos productivos y distributivos en la economía.- A través de estas medidas, las IFls pretendían despolitizar las asignaciones de recursos en la economía y de esta forma, ayudar a los gobiernos a facilitar la estabilización económica (World Bank, 1996), objetivo éste, que conforme los resultados obtenidos, no fue conseguido” (Ferro Ilardo, Susana B: “Estudios Latinoamericanos: palabras clave para la región”; Ed. Dunken S.A: Bs. As. Mayo 2008, pàg).-

Expresa Olivares Tramón:…”El fomento y protección internacional de la democracia es fortalecido a fines de la década de 1980 con el tèrmino de la Guerra Fría y el renovado interès de la comunidad internacional en promover y defender la democracia.- En el àmbito universal, se puede considerar como una expresión de ello la Declaración del Milenio que refleja el compromiso de la comunidad internacional con la democracia, vinculàndola ademàs con el fortalecimiento del principio de legalidad, los derechos humanos y el desarrollo económico”.- En ese contexto de revaloración de la democracia, debe ser destacada la autorización del Consejo de Seguridad de 1994 ”(Resoluciòn del Consejo de Seguridad de la ONU Nº 940 del 31 de Julio de 1994) a una intervención militar para restaurar la democracia, pues consideró que así cumplía con su misión de preservar la paz y la seguridad internacional.- (Olivares Tremón, José M.: “Democracia, buena gobernanza y lucha contra la corrupción en el derecho internacional” en “Buen Gobierno y Corrupción, algunas perspectivas”; Eds. Juan J Romero Guzmán; NIcolàs Rodríguez Garcia y José M. Olivares Tramón, Santiago de Chile, enero de 2009 , pàg. 322).-

El renovado interès por la promoción y defensa de la democracia de fines del siglo XX, tambièn es reflejado en la Organización de los Estados Americanos a travès de la Carta Democràtica Interamericana.- Ella consagra la democracia como un derecho de los pueblos del continente y la obligación del los gobiernos de promoverla y defenderla.- Ademàs el respeto de los derechos humanos, el Estado de Derecho, la celebración de las elecciones libres y otras garantìas, son consideradas como elementos esenciales de la democracia, siendo èsta vinculada con una gestión pública transparente y proba, así como con la superación de la pobreza y el desarrollo económico.- La OEA en virtud de la mencionada Carta, puede actuar en un Estado Miembro desde el momento en que se produzca una situación que pudiera afectar el desarrollo del proceso político institucional democràtico o el legìtimo ejercicio del poder, pudiendo en situaciones màs graves realizar gestiones diplomàticas, incluìdos los buenos oficios, para normalizar la convivencia democrática incluso, el Estado afectado podría ser suspendido de su derecho a participar en la OEA.-

Por su parte, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) que tiene como antecedente la Carta de París para la Nueva Europa de 1990 en la que se reafirma el compromiso de sus futuros Estados miembros con una democracia basada en los derechos humanos y el Estado de Derecho, siendo ademàs señalado que el gobierno democràtico que se basa en la voluntad popular, manifestada periódicamente mediante elecciones libres y justas, tiene como una de sus principales funciones “”la promoción de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho.- Todos ellos son considerados por el Documento Moscù como prerrequisitos para un orden “de paz, seguridad y cooperación duradero en Europa, asi como base del orden internacional”.- Asimismo, han sido declarados expresamente como asuntos de interès legìtimo y directo de todos los Estados miembros, que no pertenecen exclusivamente a la esfera de los asuntos internos de un Estado.- Tambièn está contemplado un mecanismo de control, por medio del cual un Estado miembro puede invitar o seis de ellos pueden requerir, que se constituya una misión de expertos para facilitar la solución de problemas que afecten el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho.-

…“Lo importante y necesario a considerar, es que el fenómeno internacional de la “democracia” es fortalecido a fines de la dècada de 1980 con el tèrmino de la Guerra Fria y el renovado interès de la comunidad internacional en promoverla y defenderla.-
Los documentos y declaraciones elaborados en el marco de las organizaciones internacionales, las normas internacionales que reflejan la revalorización de la democracia, asi como la protección y fomento de ella, hacen referencia al hecho de que èsta es vista como una forma de promover y mantener la paz y seguridad internacional y como la mejor forma de asegurar el bienestar y el desarrollo econòmicos de los pueblos.- Por ello es que desde este último punto de vista, la promoción y defensa de la democracia en los países, ha venido a ser complementada por el concepto de “buena gobernanza” o “buen gobierno” .-

“El origen del concepto es atribuido a un cambio de enfoque sufrido en los programas de fomento al desarrollo del Banco Mundial, que hizo constar que eran insuficientes los programas de ajuste o de reformas económicas para hacer sustentable el desarrollo económico de los paìses, sino que tambièn era necesario, un Estado eficiente.- “Sin embargo, no hay qu eolvidar que la necesidad de contar con Estados eficientes ha sido impulasada ademàs, por la globalización; la que como proceso de internacionalización económica, se caracterizaentre otras cosas, por una competencia entre los Estados para atraer inversión extranjera y la localización de de mepresas multinacionales.- En esta competencia se han vuelto importantes, entre todos los aspectos, que pueden determinar el atractivo de un Estado, el buen funcionamiento de sus instutciones, el respeto del Estado de Derecho y la calidad de los ordenamientos jurìdicos, asi como tambièn, los niveles de corrupción.- Esto explica, que reivindicaciones de la dècada de 1970 por un nuevo orden econòmico mundial, que reconociera la soberanía permanente sobre los recursos naturales y las actividades económicas de los paìses en desarrollo, hayan pasado a un segundo plano en relación a la liberalización de las relaciones comerciales y la integración en la economía mundial”.-

…Los conceptos de “gobierno” y “gobernanza” derivan ambos del verbo latino “gobernare” pero mientras el primero se restringe al ejercicio del funciones pùblicas por parte de las instituciones legitimadas; el segundo concepto es màs amplio y que no se centra sólo en el ejercicio del poder por instituciones públicas, sino en la organización y la forma de funcionamiento en la pràctica del aparato estatal.-…Como se expresara…diversos instrumentos internacionales consideran a la democracia como condición del desarrollo económico.- Pero varios otros instrumentos, tales como la antes mencionada Declaración del Milenio, el Documento Final de la Cumbre d e2005 de Naciones Unidas o la reciente Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas para el Desarrollo, nos indican que no sólo la democracia es condición para el desarrollo, sino que tambièn, la buena gobernanza.- Concreción de estas premisas se encuentra en el Acuerdo de Cotunó, firmado entre la Comunidad Europea y sus Estados Miembros por una parte y 80 Estados de Äfrica y demàs Estados en las Regiones del Caribe y el Pacifico.- Al respecto en Art. 9 pàrrafo 3 del dicho Tratado establece: “En el marco de un entorno polìtico e institucional respetuoso de los derechos humanos, de los principios democràticos del Estado de derecho, la buena gestión de los asuntos pùblicos se define como la gestión transparente y responsable de los recursos humanos, naturales, económicos y financieros para conseguir un desarrollo equitativo y duradero.-

Implica procedimientos de toma de decisión claros por parte de las autoridades pùblicas, unas instituciones transparentes y responsables, la primacía del derecho en la gestión y la distribución de los recursos y el refuerzo de las capacidades de elaboración y aplicación de medidas destinadas en particular a prevenir y luchar contra la corrupción”… “Éste Acuerdo, que como se expresara, establece que los derechos humanos, los principios democràticos y el Estado de Derecho pueden ser entendidos como condiciones requeridas para la buena gobernanza y contempla un mecanismo internacional de monitoreo de aquellos, de dos niveles: mecanismo de diálogo político y el procedimiento de consulta.- Éste último puede llevar a la suspensión del Tratado, pero excluye las obligaciones derivadas de la buena gestión de los asuntos pùblicos e incluye, los casos graves de corrupción en actividades determinadas.- Lo anterior nos permite inferir, que tanto los mecanismos establecidos en organizaciones internacionales de carácter regional, como los Tratados de protección de los derechos humanos y los tratados para la prevención y combate de la corrupción, deben ser considerados como mecanismos internacionales para la protección de la buena gobernanza (Olivares Tramon: 323/327)”.-

Como hemos destacado en artìculos anteriores “La corrupción ha sido reconocida como un obstáculo relevante para la buena gobernanza; perjudica el desarrollo social económico y político.- Asi lo demuestran diferentes documentos del Banco Mundial; la Comisión Europea; documentos internacionales como del Documento Final de la Cumbre 2005 de Naciones Unidas y el propio Acuerdo de Cotonù.-

Al respecto expresa Olivares Tramon: …”Por lo mismo existe consenso en que aquélla debe ser prevenida y reprimida especialmente, porque la globalización también ha contribuido a extenderla , lo cual ha conducido a la celebración de tratados internacionales.- Este vínculo entre buena gobernanza y corrupción, asi como la amenaza que ésta representa para la estabilidad y el desarrollo económico y social de los países, lo encontramos en el Preámbulo de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y las restantes convenciones expresadas de diversas formas.- Asimismo se expresa en los preámbulos de todos los tratados antes mencionados la necesidad de hacer modificaciones legislativas a nivel interno para prevenir y reprimir la corrupción, asi como la constatación de que la lucha contra la corrupción requiere de la cooperación entre los Estados.- Por lo tanto podemos afirmar que los Tratados intenacionales contra la corrupción responden no sòlo al reconocimiento de que para prevenirla y combatirla es necesaria la cooperación internacional sino que reflejan el interès de la comunidad internacional por promover y defender la democracia y la buena gobernanza, entendiendo que la corrupción es una amenaza a las dos primeras, siendo su defensa y promoción una cuestión de interés de la comunidad internacional.- (Olivares Tramon, ob. Cit pàgs. 328).-

Hasta aquí el tema en análisis no ofrece inconveniente alguno, sin embargo, cuando nos adentramos en el análisis de la normativa vigente (que en los supuestos de bloques económicos poseedores de institucionalidad, como ocurre con la UE, importan la necesaria complementación de los Estados Miembros y la coordinación del derecho interno de aquellos Estados, que aún no se encuentran totalmente integrados en todas sus fases, como ocurre con el supuesto de Hungría) y de los hechos, la situación, se torna compleja.- Siendo necesario para resolver los problemas que la realidad hace observar y que no encuentran aún “marco normativo acorde y competente para aplicar”, del conocimiento, de la obligatoriedad que los objetivos comunes a defender imponen, de la perspicacia y de los valores y principios universales que necesariamente deben defenderse.-


II.- Los inconvenientes que Hungría con su recesión económica ha hecho observar.-
La grave situación acaecida en Hungría durante el transcurso de los primeros días del mes de junio del corriente año, en atención ha haber reconocido, el Gobierno húngaro entrante, el que se hayan falseado las cuentas expuestas y el temor a que se repita una crisis a la griega en Europa, ha vuelto a alertar a los inversores.- Todas las Bolsas europeas sufrieron, pero la española entre las que más, y los mercados castigaron los títulos de deuda soberana de los países periféricos.-(“El engaño húngaro dispara el pànico y desata el riesgo de la deuda española” (ABC.es 01/06/2010).-

En atención a ello, un equipo de expertos del Fondo Monetario Internacional (FMI) dirigidos por Christoph Rosenberg, se encuentra analizando en Budapest, las cuentas públicas del país, según ha anunciado la entidad, visita, que por su parte, se enmarca en el programa crediticio que mantiene con el país europeo desde noviembre de 2008 para ayudarle a capear la crisis. El pacto inicial tenía una vigencia de 17 meses, pero fue extendido hasta octubre de este año. Al respecto cabe considerar que dicha ayuda económica en su momento ascendió a 25.600 M de Euros, los cuales fueron aportados de la siguiente manera: a) FMI 12.350; UE 8100 M y BM 6300 M de Euros.-
En esta oportunidad, Hungría recibirá préstamos por unos 15.300 millones de dólares durante ese período si cumple los objetivos marcados en el acuerdo.-


El nuevo gobierno ha revelado que el déficit puede ser mucho mayor que lo pensado, lo que ha causado gran nerviosismo en las bolsas. A ello debe sumarse la disparidad de pronunciamientos que han realizado frente a la grave crisis el Banco Nacional de Hungría por un lado, que ha estimado el déficit público para el 2010 en 4,5% y por otro lado, el Gobierno entrante, que lo ha calculado en el 7,5%.-

Hungría, al entrar a la Unión Europea esperaba modernizar su agricultura, estabilizar su economía y asegurarla en las crisis, modernizar y ampliar sus infraestructuras y recibir ayudas económicas para el desarrollo de sus regiones. Así como otras economías de la Europa del Este, hizo una transición de una economía centralizada y planificada para una economía de mercado en los años 1990. Hoy el sector privado responde por 80% del producto interior bruto del país. Las inversiones y la posesión de empresas húngaras por extranjeros acumulan más de 60 mil millones de dólares desde 1989. Las medidas de austeridad propuestas por el FMI redujeron el déficit presupuestario de más del 9% en 2006 para 3,3% del PIB en 2008 .
Un dato muy importante a tener presente, es el de la gran inversiòn extranjera y el hecho de que la mayor parte de su deuda, está contraída con privados.- En 1995 el dinero de Hungría, el Florin, se hizo convertible para todas las transacciones de cuenta corrientes, y paralelamente al ingreso de OCDE en 1996, para casi todas las transacciones de cuenta patrimonial también. Desde 1995, Hungría ha fijado el florin contra una cesta de divisas (en que el dólar es el 30 %), y el precio central contra la cesta es devaluado en un precio preanunciado, actualmente puesto en el 0.8 % por mes. Hoy, 8 de Junio de 2010, el Florin se cotiza a 270 - 1 euro.- El programa de privatización del gobierno se terminó en la lista en 1998: El 80 % del PBI es producido ahora por el sector privado, y los dueños extranjeros controlan el 70 % de instituciones financieras, el 66 % de la industria, el 90 % de telecomunicaciones, y el 50 % del sector comercial.-

Los Estados Unidos se ha convertido en el sextomercado de exportación más grande de Hungría, mientras Hungría es clasificada como el 72 mercado de exportación más grande para los Estados Unidos. El comercio bilateral entre los dos países aumentó el 46 % en 1997 a más de 1 mil millones de dólares. Antes del cambio de régimen en 1989, el 65 % del comercio de Hungría era con países Comecon. Hacia el final de 1997, Hungría había cambiado la mayor parte de su comercio al Oeste. El comercio con otros países de la Unión Europea y la OCDE ahora comprende más del 70 % y el 80 % del total, respectivamente. Alemania es el compañero de comercio solo más importante de Hungría.- Los Estados Unidos le ha extendido a Hungría membresía a una clasificación de estado más favorecida, el Sistema Generalizado de Preferencias, seguro de Corporación de Inversión en el Extranjero Privado, y acceso al Banco de Exportación – importación (http://www.wikipedia.org).-/

Los bancos ven el principal problema en la deuda privada, ya que la mayor parte de las hipotecas en el Este están denominadas en euros u otra divisa fuerte: un 87% en el caso de Letonia, por ejemplo. El Báltico está endeudado mayormente con la banca sueca, mientras Hungría y Rumanía lo están con las entidades austríacas. Así, estos gobiernos han estado endeudándose apenas para respaldar sus tasas de cambio e impedir una quiebra del sector privado.
Por su parte, la Vicegobernadora del Banco de Hungría admite que los países que empezaron a salir, hace hoy 20 años, del socialismo requieren una nueva oleada de profundas reformas estructurales si quieren mantenerse en la carrera por el euro y la competitividad. Ejemplos como el de Grecia, pero también España, les han demostrado cómo se puede perder competitividad en una sola década de moneda única.

Lo cierto es, que …”El reciente caso de Hungría ha hecho saltar las alarmas sobre la existencia de una «burbuja» económica en los países del Este de Europa y su posible estallido. Al Este del telón de acero ya no hay divisiones, sino divisas y divisitas. Pero en la hora del nerviosismo, como el pasado viernes, no dan menos miedo las monedas y economías de fuera del euro, por más que ya estén dentro de la UE. En las últimas horas, una declaración exagerada en Budapest ha devaluado de un mismo tiro el florín húngaro y el euro, alcanzando hasta el Ibex y el Dow Jones” (“Economìas emergentes o menguantes”.- Ramiro Villapdierna/ Berlín, Domingo , 06-06-10.-www.ABC.es).-

Estos hechos, han llevado a la Comisión Europea ha decidir “poder sancionar a las agencias de calificación de riesgo e incluso poder retirarles la licencia”. A las agencias se les acusa de agravar la crisis de déficit en la Eurozona, al degradar a la vez, por ejemplo, la calificación de Grecia, Portugal y España. Tanto el presidente de la Comisión Europea, Durao Barroso como el comisario de Mercado Interior y Servicios, Michel Barnier, han hecho un llamamiento a los líderes europeos y a los eurodiputados para que lleguen a un acuerdo, lo antes posible, sobre el nuevo marco de supervisión financiera para que esta comience a funcionar a principios de 2011. También se ha presentado un libro verde con el que se abre el debate sobre las reglas de gestión interna de bancos e instituciones de crédito que pretende remediar las «profundas debilidades» que a juicio de la CE, propiciaron la crisis.(4).-


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(4)La nueva reglamentación establece que la futura Autoridad Europea del Mercado de Valores, que formará parte del nuevo marco de supervisión financiera que prepara la UE, estará encargada de controlar a las agencias y podrá en un «último recurso retirarles la licencia» si infringen la ley de manera reiterada. La autoridad supervisora de los mercados, podrá recomendar a la Comisión europea que imponga multas que serán lo suficientemente elevadas para ser «disuasorias proporcionalmente a la naturaleza y seriedad de la infracción, la duración de la misma y la capacidad económica de la agencia.» Las sanciones no podrán superar el 20% de los ingresos anuales de la entidad y dependerán de los beneficios que hayan obtenido al cometer la infracción por la que se les sanciona. En la UE existen 45 filiales de agencias internacionales, la mitad de ellas pertenecen a las tres principales .(“Europa regulará màs las Agencias de Calificación de riesgos”.-www.europaexpress.com).-



Asimismo, se ha propuesto por la Comisión europea, …”que en los nuevos programas de ayudas económicas que se pongan en marcha después de 2013, se simplifiquen las formalidades administrativas y se ponga el acento en los resultados conseguidos gracias a los fondos recibido.- El comisario europeo de Presupuesto y Programación financiera, Janusz Lewandowski, dice que su principal objetivo es que los fondos de la UE «estimulen la innovación y el crecimiento, haciéndolos más accesibles a las empresas, a las pymes, a los investigadores y a otros beneficiarios europeos. Las medidas que propone la Comisión reducirán los costes y la burocracia que imponen ahora procedimientos excesivamente complicados.- Pero la simplificación en la concesión de ayudas debe ir, según Bruselas, debe ir acompañada de un mayor control de gasto. Ya que un 80% del presupuesto de la UE dedicado a estas partidas se gestiona a nivel nacional, la Comisión propone que haya auditorias independientes en cada país para vigilar el fraude, como ya ocurre con las subvenciones agrícolas. (5).-


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(5).…”Entre las nuevas medidas, se suprimirá la obligación de abrir una cuenta bancaria donde depositar los fondos concedidos y se suprimirá la obligación de declarar los intereses obtenidos por el dinero adelantado por Bruselas. Pasará de 25.000 a 50.000 euros el límite de subvención simplificada, que requiere menos papeleo y será más fácil incluir a otros socios en los proyectos subvencionados. El objetivo de la Comisión, a más largo plazo, es que las ayudas estén vinculadas a los resultados obtenidos por los beneficiarios más que a la justificación del gasto mediante facturas detalladas. Lewandowski asegura que ahora «se paga a los beneficiarios sobre la base de costes reales, es decir, deben detallar todos los gastos para que se les reembolse. Eso provoca una burocracia costosa en tiempo y en dinero para el beneficiario y para la Comisión, que debe verificar cada factura recibida, sin poder concentrarse en los resultados obtenidos.- La propuesta del ejecutivo comunitario tiene que ser estudiada por el Parlamento y el Consejo europeo.(“Fondos Europeos, menos burocracia y màs resultados”.- ">www.euroexpress.com 29/05/2010).-


Hungria necesita un cuadro macroeconómico creíble a medio plazo para impulsar su economía, con una deuda pública del 80%, la necesidad de reducir el déficit al 4% y tras contraerse su PIB un 6,3% en 2009.
"Lo que está en juego es sí tras 20 años, el país estará preparado para emprender un camino en el que la mayoría de la población húngara sienta que la democracia también es buena económicamente", advierte el analista político Zoltan Kiszelly. De no ser así el riesgo de que Jobbik pase de ser una anécdota desagradable a algo más serio es real, algo que ha ocurrido a tenor de las denuncias sobre corrupción que se ciernen sobre el exgobierno y la debacle económica y fiscal que ha salido a luz .- A la fecha las elecciones han brindado sus resultados y Fidesz y su equipo tienen ahora la obligacion de darle una legitimidad social y económica a la democracia....(“La crisis y la corrupción empujan a Hungria a la extrema derecha”..www.rtve.es Agencia Budapes 11/04/2010).-

Las elecciones a la fecha, han quedado definidas y lo cierto es, que a juzgar por la gravedad de los hechos existentes y de las medidas que esta crisis ha llevado a proponer a las instituciones de la UE, Hungría deberá “tomar el toro por las astas” y adoptar las medidas tendentes a lograr que la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y la corrupción, implicados en todo buen gobierno y buena gobernanza, como ha sido establecido internacionalmente conforme hemos analizado en la presente entrega, sean constituídos en pilares sociales fundamentales, que sean base del necesario desarrollo económico sustentable, que debe generarse.-

PRIMERA PARTE

DRA. SUSANA BEATRIZ FERRO ILARDO
ESTUDIOS LATINOS E IBEROAMERICANOS (SBFI)
FUMPADES ONG

PARA TENER SIEMPRE PRESENTE

El nacionalismoes una de las peores fuentes de violencia!!! (Vargas Llosa)



"La recompensa del trabajo bien hecho es la oportunidad de hacer más trabajo bien hecho".

Jonas Edward Salk



"He fallado una y otra vez en mi vida, por eso he conseguido el éxito".

"Michael Jordan




Un Estado donde queden impunes la insolencia y la libertad de hacerlo todo, termina por hundirse en el abismo.

Sófocles (495AC-406AC) Poeta trágico griego.



El tiempo de la reflexión es una economía de tiempo. - Publio Siro



La reflexión es el ojo del alma. - Benigne Bossuet



* Gran ciencia es ser feliz, engendrar la alegría, porque sin ella toda existencia es baldía. - Ramón Pérez de Ayala



"Si en el marco de esaaceleraciòn del crecimiento economico, lo institucional continùa sin resolverse; si no hay transformaciòn, creaciòn e invenciòn de un sistema nuevo de control sociopolitico de la economìa, vamos a tener crisis estructurales violentas" (Alain Tournier 1994)



"Si no existe capacidad para crear riqueza, un politico solo puede repartir pobreza" (F. Gonzàlez)


"La polìtica social debe ser revalorizada como una polìtica de desarrollo; el Banco Mundial ha planteado la hipòtesis de que el capital tradicional (financiero, comercial y de recursos naturales) sòlo justifica parcialmente el crecimiento econòmico ya que en su mayor parte se explica por el "crecimiento humano y social"...Es esencial confiar en las personas; desarrollar un sistema que privilegie el sentido de la innovaciòn por parte de los individuos y los grupos, la participaciòn, y la solidaridad y que favorezca de manera fundamental el empleo y el crecimiento.- La valorizaciòn de las competencias de las personas es un elemento motor de la economìa..."(Vitorio Orsi)

















































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































24 DE JUNIO

Fiesta en honor a San Juan



La fiesta en honor se celebra en diversas regiones del país, donde mantienen la tradición de realizar oficios religiosos durante la media noche, el amanecer y la noche de la celebración.



El 23 de junio, generalmente se realiza el Velorio de San Juan ante los altares adornados, alrededor del cual los fieles cantan y bailan al ritmo del tambor.



Desde tempranas horas del día 24 de junio, San Juan es sacado en procesión hasta la iglesia, donde se le celebra una misa en su honor. Una vez culminada, se da inició al repique de tambores y al recorrido del Santo por las principales calles del poblado, mientras que los devotos portan banderas y pañuelos multicolores. Cada cierto tiempo los asistentes se detienen para expresar a grandes voces su reconocimiento y veneración al Santo. Las parejas bailan dentro de uno o más círculos, el hombre acosa a la mujer, mientras ella intenta separarse de él, al mismo tiempo que continua provocándolo con el ritmo de su cuerpo. Todos se dirigen a la casa de donde salió el santo.



En algunas regiones del país, el día 25 se realiza el Encierro de San Juan y una misa para despedir al Santo. Posteriormente la imagen es llevada en procesión por las calles del poblado. Los miembros de la cofradía reciben donativos para organizar las fiestas del próximo año.



Los pescadores artesanales de la costa aragüeña acostumbran a realizar el Encuentro de Sanjuanes. Para ello, transportan en sus embarcaciones la imagen del Santo, a quien le realizan una gran procesión marítima que culmina en Ocumare de la Costa, donde se congregan todos los Sanjuanes, acompañados por los músicos de cada sector.



Desde sus orígenes, la fiesta en honor a San Juan se encuentra vinculada a creencias relativas a la fecundidad y a los cursos del agua. Actualmente esta creencia está asociada a creencias populares como por ejemplo, la costumbre de cortarse el cabello para obtener buena suerte o a la de verter un huevo dentro de un vaso lleno de agua para predecir el futuro.








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