TRANSPARENCY INTERNACIONAL

jueves, 28 de octubre de 2010

EL RELANZAMIENTO DE LA REGIÒN CENTROAMERICANA Y EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN REGIONAL UE Y CENTROAMÉRICA (PCRC 2004/2009.- 2010/2013).- SU IMPORTANCIA


BUENA GOBERNANZA


ESPAÑA


UNION EUROPEA


CENTROAMERICA (AMERICA LATINA)

EL RELANZAMIENTO DE LA REGIÒN CENTROAMERICANA Y EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN REGIONAL UE Y CENTROAMÉRICA (PCRC 2004/2009.- 2010/2013).- SU IMPORTANCIA FUNDAMENTAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS RELACIONES ECONOMICAS, SOCIALES, POLITICAS Y CULTURALES LA REGIÒN, CONTRIBUYENDO AL LOGRO DE LA PAZ REGIONAL”.- (DECIMO NOVENA PARTE).-

I.- INTRODUCCIÓN.-

En nuestro artìculo anterior, expresábamos que:... “como se establece en la exposición de Motivos de la Ley 12/2003, de 21 de Mayo de prevención y bloqueo de la financiaciòn del terrorismo que surge como consecuencia de esos compromisos internacionales: “Un aspecto básico para la prevenciòn de la comisión de actos terroristas es el cierre de los flujos financieros de que se nutren las organizaciones terroristas“.-

Expresa al respecto Palicio en su trabajo, que es necesario “introducir reflexiones y realizar algunas propuestas que permitan sentar las bases para avanzar hacia un sistema eficaz de intercambio entre autoridades de distintos países en lo referente a unos fenómenos tan graves como el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo”. Que para ello es necesario el establecimiento de mecanismos que prevean y permitan el acceso y el intercambio fluido de la información financiera relevante entre las distintas agencias y autoridades competentes, eliminando las barreras que han permitido la falta de transparencia del sistema y los mercados financieros internacionales que es imprescindible para luchar eficaz contra la financiación del terrorismo.-

Es en este sentido, que la firma de acuerdos para la colaboración en el intercambio de información financiera con países que comparten los objetivos de dicha lucha aparece como un elemento de avance necesario. Aquí ha de enmarcarse un acuerdo entre la UE y EEUU sobre Swift (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication). Los acuerdos de este tipo, no obstante, deben cumplir una serie de requisitos relacionados con la justificación de la obtención de la información, su concreción, las garantías de su utilización, el control de todo el proceso y la reciprocidad. Estos acuerdos tienen que ser compatibles con un respeto absoluto a la protección de datos de las personas y al cumplimiento de la legalidad por todos y cada uno de los países que participan en esta lucha contra la financiación del terrorismo.-

Que con fecha 11 de febrero de 2010, el Parlamento Europeo en sesiòn plenaria rechazò la propuesta de acuerdo UE_EEUU sobre sistema Swift haciendo uso de los poderes que otorga el Tratado de Lisboa prohibiendo la legalización de la transmisión de datos personales contenidos en su servidor Swift y no ratificò por lo tanto el acuerdo que habian efectuado los Ministros del Interior de los paises de la UE en noviembre de 2009.- (VER AL RESPECTO FERRO ILARDO, SUSANA BEATRIZ: EL RELANZAMIENTO DE LA REGIÒN CENTROAMERICANA Y EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN REGIONAL UE Y CENTROAMÉRICA (PCRC 2004/2009.- 2010/2013).- SU IMPORTANCIA FUNDAMENTAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS RELACIONES ECONOMICAS, SOCIALES, POLITICAS Y CULTURALES LA REGIÒN, CONTRIBUYENDO AL LOGRO DE LA PAZ REGIONAL”.- (DECIMA OCTAVA PARTE)(22/10/2010).-

Que sin embargo, como señala dicho autor, seria la oportunidad para su tratamiento atento que como hemos analizado en otros articulos en este mismo Blog “La falta de transparencia de los mercados y de los flujos financieros internacionales es, sin duda, uno de los factores determinantes para identificar las razones de la actual crisis económica”.- Siendo el presente tema el que analizaremos a continuaciòn.-
Se analizarà a continuación, la situación actual del tema transferencia de datos bancarios sistema Swift y el nuevo acuerdo celebrado entre la UE y EEUU en pos de que dicho sistema constituye una herramienta fundamental en pos de la lucha contra el terrorismo y otorgue al mismo tiempo, reciprocidad a las partes contratantes respetando sus soberanias.-


II.- El nuevo acuerdo celebrado entre UE y EEUU en junio de 2010 de transferencia de datos bancarios en pos de la lucha contra la financiaciòn del terrorismo.-
La Unión Europea aprobó en el mes de Junio del corriente año, un acuerdo que autoriza la transferencia de datos bancarios de sus ciudadanos a Estados Unidos en pos de la lucha contra el financiamiento del terrorismo, tras arduas negociaciones con Washington para garantizar la protección de la información.
El texto, que recibió el aval de una amplia mayoría de los eurodiputados reunidos en Estrasburgo, permitirá al Tesoro estadounidense tener nuevamente acceso, a partir del 1 de agosto, a los datos financieros de 8.000 instituciones y bancos de 200 países administrados por la empresa Swift, cuya sede está en Bruselas.

"Obtuvimos un buen acuerdo que respeta un justo equilibrio entre el imperativo de garantizar la seguridad de los ciudadanos frente a la amenaza terrorista y el de garantizar el respeto de sus derechos fundamentales y libertades civiles", comentó el presidente de la Comisión Europea José Manuel Durao Barroso.- Los términos del acuerdo constituyen una victoria para los eurodiputados ya que les permitió usar los nuevos poderes de decisión que les confirió el tratado de Lisboa.
Por su parte, Obama expresò mediante un comunicado desde la Casa Blanca “que la amenaza de terrorismo que enfrentan Estados Unidos y la Unión Europea sigue y, con este acuerdo, todos nuestros ciudadanos estarán más seguros".-

Expresò por su parte la Comisaria Europea a cargo de Asuntos de Interior, Cecilia Malmström y al frente de las negociaciones del lado europeo que debió recordar a sus interlocutores estadounidenses que Europa tiene una larga y dolorosa historia de regímenes totalitarios que utilizaban datos para controlar a sus ciudadanos y limitar sus libertades", comentó este jueves Malmström obtuvo importantes concesiones de Washington ya que Estados Unidos necesitaba imperativamente este acuerdo. "Esperábamos este día desde febrero ya que no tenemos ningún dato y tenemos las manos atadas para nuestras investigaciones", explicó a finales de junio cuando se firmó el acuerdo Michael Dodman, representante estadounidense en Bruselas.

Cada pedido del Tesoro estadounidense deberá a partir de hoy, estar "motivado" por una investigación y "adaptado" para "reducir la cantidad de datos a transferir".

"Una persona designada por la Comisión (y por la policía europea Europol) en Washington hará el seguimiento a diario de los pedidos estadounidenses", según los términos del presente acuerdo.-

Sin embargo el acuerdo despierta aun reservas. "Permite transmitir muchas más informaciones que las necesarias porque no podemos ser más selectivos", se lamentó en una entrevista con la AFP el controlador europeo de datos, Peter Hustinx.

Por esta razón la UE quiere dotarse de su propio programa, para recuperar su autonomía. Cecilia Malmström quiere presentar sus propuestas en ese sentido "a fines de 2010, principios de 2011", que podrían concretarse de aquí a 3 o 5 años.

III.- CONCLUSIONES.-
Como primera conclusión del tema en análisis debemos considerar y recordar que los graves atentados que ocurrieron en EEUU primero, 11 de Setiembre de 2001 y los posteriores en resto del mundo: España 11 de Marzo de 2004 y Londres 2005 y los que se han sucedido con posterioridad y las continuas amenazas terroristas, solo han podido perpetrarse por mente siniestras y de la mano del capital necesario para llevarlas adelante.

Que atento la expansión y generalización de la red financiera de terrorismo extranjero, las sanciones financieras son adecuadas contra las personas que respaldan o se asocian a ellos.-

Segundo, que para su mejor logro, es necesaria mayor consulta, cooperación e intercambio de información entre los EEUU y los demàs paìses y bloques económicos a efectos del mayor y mejor intercambio de información de calidad, como un arma adicional y necesaria para lograr el desabastecimiento de financiaciòn, con el que cuentan los terroristas.-

Como señala Salas Calero en su obra:...” uno de los avances màs importantes después del 11 de setiembre es un entendimiento mas profundo de la necesidad de financiaciòn de movimientos terroristas y la manera en que logran recibir y gastar fondos”.-

Se ha observado que el costo de Al Qaeda en el perìodo en que mantenìan su centro de operaciones en Afganistán, fue aproximadamente U$S 30 millones anuales, de los cuales el gasto màs importante fue el apoyo a Talibàn, estimado en U$S 20 0 30 millones anuales.-

Otros costos operativos incluyen salarios, comunicaciones, capacitaciòn, transporte,publicidad, apoyo a redes.- Con el desarrollo tecnológico y el avance de internet y de medios de comunicaciones por satélite, los costos operativos de organizaciones terroristas que intentan transmitir por estos medios, han aumentado considerablemente.- El uso de internet, no es sin embargo necesariamente costoso y permite la transmisión de información y publicidad con poco equipo y alto costo.- Tres residentes en Inglaterra, por ejemplo, fueron condenados en 2007 por operar una pàgina de Internet y un sitio de chat que promovía actos terroristas.- Estos tres sujetos fueron tambièn condenados por fraude bancario y de tarjetas de crèdito (VER AL RESPECTO PARA UN ANÁLISIS DEL USO DE INTERNET PARA FINES TERRORISTAS: GABRIEL WEIMAN:www.terror.net: How Modern Terrorism Uses the Internet, United States Institutefor Peace, Washington DC 2004 htpp//: www.usip.org/pubs/specialreports/sr116.html.-

Otros medios de comunicación requieren sin embargo, mayores inversiones.- Por ejemplo el Hezbola auspicia a Al-Manar una estación de televisión con una audiencia diaria de 10ª 15 millones y con un presupuesto de varios millones de dólares anualmente cuya financiaciòn proviene de subsidios de Iràn a Hezbolà, o de los fondos del partido, o de donaciones de otros paìses islámicos.- Al Manar fue designado como una organizaciòn terrorista por el gobierno norteamericano y su programación ha sido prohibida en los EEUU, Francia, España,Los Paises Bajos, Canadà, Australia y algunos paìses de Sud América AVI JORISH, Beacon of Hatred: Incide Al_Manar Televisión, The Washington Institute for Near East Policy, Washington, DC 2004.-

El uso de organizaciones de caridad y organizaciones no gueberamentales constituyen una fuente importante de financiaciòn que, por su naturaleza, son muy difíciles de investigar y acusar penalmente (http//: www.charity-commission.gov.uk/supportingcharities/terrorism.asp)

Luego de los atentados a la Torres Gemelas, màs de 72 organizaciones benéficas han sido designadas por el gobierno de EEUU como entidades que apoyan al terrorismo.-Entre los factores que dificultan la investigaciòn encontramos: 1) El fin benèficoy/o religioso de la organización y su status en la comunidad; 2) la diversidad de sus integrantes; 3) la dependencia de donaciones en efectivo y frecuentemente en sumas pequeñas; 4) sus conexiones con muchas otras organizaciones similares situadas en otros paìses; 5) la dificultad de probar la motivaciòn de los dirigentes y miembros de la organización.-

El tema de la trìada: financiaciòn del terrorismo, blanqueo de capitales y secreto bancario, constituyen relaciones que importan la existencia del terrorismo que no puede llevar adelante sus objetivos sin “financiaciòn”; al blanqueo de capitales como medio para tales fines y el secreto bancario como un derecho fundamental, clave en este escenario.-

Considèrese al respecto además, que solo a partir de los ataques terroristas señalados, se ha intentado en general, compaginar el discurso cientìfico con el ambiente històrico vivido por la sociedad actual, trasladàndose asi al àmbito acadèmico y del mismo a los medios.- Hoy nuestras sociedades conocen y pueden conocer a ciencia cierta el alcance de los mismos y còmo no coloborar con ellos desde lo civil, ayudando asi a nuestros gobiernos, cuyo enfrentamiento en la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado, se realiza y debe realizarse desde otros àmbitos, conforme nuestras constituciones y leyes.-

Hoy, podemos conocer como un tema tan devastador, puede y debe ser solucionado con el aporte fundamental de investigadores, funcionarios y jueces, dentro del Estado de Derecho.-

Los hechos terroristas ya destacados, que llevaron en un primer tèrmino a un riguroso análisis dentro del Derecho Penal, derecho que fue el primer atisbo que sufriò las consecuencias de dichos hechos en su propio seno, producto de las transformaciones generadas por la globalización, se trasladaron luego y necesariamente al derecho económico, al mundo de las economìas y de las finanzas, con sus respectivas preocupaciones y necesarias aportaciones para la solución de las mismas, que al igual que en el derecho penal han debido llegar desde la mano de la cooperación internacional.-

Los reflejos de estas crisis, han sido mùltiples.- En el àmbito del derecho penal, àmbito de las garantias individuales, se han presenciado una serie de cambios profundos con matices significativos.- Paìses hasta entonces defensores históricos de los derechos civiles, de los derechos fundamentales, han revisado sus legislaciones para inaugurar nuevos tiempos, donde los derechos individuales ya no gozan del mismo contenido y significado y la dureza de la norma, es patente.- Como ha ocurrido tambièn, en el derecho económico, “el poder de la crisis ha propulsado los cambios”, lo que es incuestionable para comprender la realidad actual del derecho y sus institutos fundamentales y tomar las medidas necesarias, volcándolas a travès de los instrumentos necesarios y politcas pùblicas, dentro de nuestras sociedades para brindar soluciones “hoy” y poseer un marco actual que se adelante a los acontecimientos, que permita estar atentos a los futuros acontecimientos, brindando soluciones lo mas rápidas y acertadas en lo posible.-

El Juez del Tribunal Penal Internacional, Dr. Luis Moreno Ocampo ha expresado:” no podemos aceptar que el crimen organizado se encuentre màs organizado que la sociedad, que el Estado de derecho.- Serìa un contrasentido”.-


III-I.- Diversas formas detectadas por los expertos y que utilizan las organizaciones terroristas para financiarse y desviar fondos.-
Los expertos han señalado que “el mal uso de las organizaciones sin fines de lucro para financiar el terrorismo està siendo reconocido como un punto crucial de debilidad en la lucha global para parar el financiamiento en su fuente”.-

Han identificado, con sus investigaciones tres formas que son utilizadas para apoyar a las organizaciones terroristas, financiándolas:
1) Desviación de fondos destinados para fines benéficos a organizaciones terroristas: La Fundación Ayuda Global (Global Foundation o Fondation Secours Mondial) fue establecida en los EEUU con el propòsito de ayudar a los pobres paìses islámicos.- A fines de 2001, el gobierno norteamericano ordenò el allanamiento de las oficinas de la organización y poco después el Departamento del Tesoro congelò sus bienes argumentando su ayuda a Al-Qaeda.- A pesar de los intentos de la organización, sus fondos siguen congelados.-

Tambièn un excongresista federal fue acusado de lavado de dinero y obstrucción a la justicia por recibir U$S 50000 de los fondos malversados en representación de la fundación Agencia de Socorro Islámico, para evitar que se le clasificara como organización que apoya al terrorismo.- La organización tambièn fue embargada y ejecutada.-

2) Creación de organizaciones fantasmas, que proyectan una imagen caritativa.-
3) Remisiòn de fondos caritativos a organizaciones que apoyan al terrorismo pero que tambìèn dan ayuda material a los pobres.- Es el supuesto de la Fundación de la Tierra Sana (Holy Land Foundation) que si bien brindaba a Hamas o a sus miembros fondos para ser derivados a hospitales, escuelas y distribución de comestibles, hamas los utilizaba para fines terroristas.-

Además de la utilización de fondos provinientes de ayuda benéfica, los terroristas tambièn se autofinancian.- En el supuesto del ataque al Metro de Londres en 2005, los terroristas utilizaron U$S 8000 dòlares de sus propios fondos para comprar los componentes de bombas, alquiler de vehículos, financiándose los mismos con la utilización de tarjetas de crèdito falasas y cheques sin fondos.-

El terrorismo además puede tambièn ser financiado por medio de las ganancias obtenidas por empresas o negocios legitimos, como hemos analizado en otros artículos (VER EN ESTE MISMO BLOG FERRO ILARDO, SUSANA BEATRIZ: “EL RELANZAMIENTO DE LA REGIÒN CENTROAMERICANA Y EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN REGIONAL UE Y CENTROAMÉRICA (PCRC 2004/2009.- 2010/2013).- SU IMPORTANCIA FUNDAMENTAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS RELACIONES ECONOMICAS, SOCIALES, POLITICAS Y CULTURALES LA REGIÒN, CONTRIBUYENDO AL LOGRO DE LA PAZ REGIONAL”.- (DECIMO CUARTA, QUINTA Y SEXTA PARTE).- Debiendo ser especialmente controladas al respecto, aquellas empresas o negocios que generan grandes sumas de dinero en efectivo.-

Los grupos terroristas tambièn y necesariamente, financian sus actividades por medios ilícitos, provinientes del narcotráfico, los secuestros, el uso de cheques sin fondo y el robo de números de tarjeta de crèdito.- De las investigaciones seguidas oportunamente en Colombia, se comprobò que las FARC recibian millones de dólares del narcotráfico (incluyendo impuestos pagados por grupos cocacoleros y narcotraficantes) además de ingresos provinientes de la extorsión y el robo de ganado.-

Luego de generar los ingreso, es necesario trasladarlos a los destinatarios y ello ocurre generalmente por uno de estos tres medios: 1) sistema financiero formal; 2) transporte físico de los bienes; 3) por el sistema de comercio internacional.- En el primero de estos casos, uno de los medios favoritos es el uso de empresas que remiten fondos en pequeñas cantidades, frecuentemente consistiendo en remisiones a familiares u otras personas en el exterior. Utilizando el general el sistema Hawallah, al que tambièn nos hemos referido en otros articulos en este mismo Blog.- (SE RECOMIENDA AL RESPECTO MOHAMMED EL-QORCHI, HAWALA: ¿CÒMO FUNCIONA ESTE SISTEMA DE TRANSFERENCIA INFORMAL DE FONDOS?¿DEBE SER REGULADO?, EN FINANZAS & DESARROLLO, DICIEMBRE DE 2002, PÀG.31/32).- Este sistema ha importado por ejemplo, que un agente del gobierno norteamericano durante un periodo de 4 años,entregara U$S 2280 millones de dólares para su transferencia al exterior por medio de 21 transacciones de hawala.-Los depósitos fueron hechos a cuentas bancarias en Canadà, Inglaterra,, España, Paquistàn, Japón y Australiay Hamza retuvo una comisión del 5% por transferencia.- En 2008 los dueños de Hamza fueron declarados culpables de lavado de dinero y encubrimiento de finanzaciòn de terrorismo.-

Su simplicidad y creciente uso, debido a su facilidad, hace que la regulación de estas transferencias haya sido una prioridad en la lucha por combatir el terrorismo.-
Asimismo, se ha priorizado la regulación de otros métodos de transferencia como tarjetas prepagadas, sistemas de pago por Internet (Paypal por ejemplo) y metales precisos.-

El desarrollo de nueva tecnología, mucha veces dificulta las investigaciones, en atención a lo cual, cada dia se requieren nuevos expertos, especialistas, recurso humano y con valores suficientes para enfrentar estos flagelos, evitando la supuesta confrontación entre seguridad y libertad; evitando que los delincuentes enarbolen esta supuesta contraposición como bandera para lograr que no existan los apoyos suficientes para los cambios legislativos necesarios, a efectos de continuar logrando asi, su neutralización .-

Còmo señala Palicio en su trabajo, al que nos referìamos en nuestro articulo anterior (Ver EN ESTE MISMO BLOG: FERRO ILARDO, SUSANA BEATRIZ: “EL RELANZAMIENTO DE LA REGIÒN CENTROAMERICANA Y EL PROGRAMA DE COOPERACIÓN REGIONAL UE Y CENTROAMÉRICA (PCRC 2004/2009.- 2010/2013).- SU IMPORTANCIA FUNDAMENTAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS RELACIONES ECONOMICAS, SOCIALES, POLITICAS Y CULTURALES LA REGIÒN, CONTRIBUYENDO AL LOGRO DE LA PAZ REGIONAL”.- (DECIMO OCTAVA PARTE) (22/10/2010)...” "El desarrollo de la tecnología informática permite plantearse por primera vez que estos objetivos, que pueden parecer todavía contradictorios en el presente, tengan una solución que permita conjugar las aparentes contradicciones que puedan existir entre seguridad y libertad. Por ello, la tecnología no solo debería aplicarse al incremento de la eficiencia de los mercados, sino también a crear controles efectivos sobre determinados movimientos o transacciones de riesgo, estableciendo de manera simultánea estrictos controles tanto sobre las personas autorizadas a acceder a esa información, como a la legitimidad de las razones que motivan el acceso a la misma. Esos controles deben tener en cuenta no sólo distintos grados de acceso a la información restringida y definir con claridad y transparencia las personas autorizadas y los motivos de esos accesos, sino que también deben permitir la auditoría interna y externa del sistema a través de los controles ex ante y ex post de todos los accesos.-

Al respecto cabe considerar que, como tambièn expresa Palicio...”La personalidad europea designada, cuando en el mes de julio de 2007, la UE publicó un documento en el que analizaba en profundidad el alcance del programa y como signo de compromiso y colaboración en la lucha contra el terrorismo, acordaba designar a una personalidad europea para que confirmara que la aplicación del programa se atenía a las declaraciones recogidas en dicho documento (Diario Oficial de la Unión Europea, C 166/18 de 20/VII/2007) y verificara si se garantizaba la protección de los datos personales procedentes de la UE fue, el juez francés Jean Louis Bruguière, que tras el trabajo de campo realizado en EEUU a lo largo del año 2008, emitió en diciembre de ese año un informe con una primera conclusión importante: el programa ha supuesto una contribución real a los esfuerzos contra el terrorismo y Europa se ha beneficiado de sus resultados. Con respecto al funcionamiento concreto del programa, concluye que: (1) todas las consultas realizadas a Swift están sujetas a unas condiciones estrictas y auditadas externamente, son concretas y están definidas para asegurar que la extracción de los datos se realice con el objetivo exclusivo de luchar contra el terrorismo y que se minimice la cantidad de datos extraídos; (2) que se han establecido las medidas adecuadas para identificar y borrar los datos que no sean necesarios para luchar contra el terrorismo; y (3) que existen sistemas que garantizan la seguridad física de los datos requeridos y la seguridad lógica de acceso a los mismos”.

Por ello, y a pesar de los inconvenientes suscitados para lograr la aprobación necesaria para continuar con la utilizaciòn del sistema SWIFT en forma, como hemos analizado en el artìculo anterior, que luego de la aprobación gestada por los Ministros del Interior de la UE en 2009, fue rechazada en sesiòn plenaria del PE el11 de febrero de 2010, pero que en base al nuevo acuerdo firmado en Julio de 2010, en el que la UE ha hecho uso de las facultades otorgadas por el Tratado de Lisboa, ha sido reestablecida, es de esperar que se consiga continuar y en mayor medida con las investigaciones necesarias para reducir el flagelo terrorista.- Al respecto cabe destacar, lo acontecido en la causa “Faisàn” en España, a la que nos referiremos en nuestra próxima entrega, atento que a la vista de las conclusiones, nos cabe realizar, como señala Palicio, y como hemos analizado en esta entrega, una necesaria reflexión relacionada con consideraciones de carácter más global, referida a “la vinculación entre las medidas de control necesarias para hacer frente a las amenazas globales y los límites de esos controles cuando puedan estar afectando a derechos individuales de las personas o restando eficiencia a los mercados financieros”. Sin duda, será necesario establecer controles más efectivos sobre algunas operaciones de riesgo desarrolladas en estos mercados para evitar su utilización por personas o sociedades vinculadas con la financiación del terrorismo.-

DECIMO NOVENA PARTE
DRA. SUSANA BEATRIZ FERRO ILARDO

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24 DE JUNIO

Fiesta en honor a San Juan



La fiesta en honor se celebra en diversas regiones del país, donde mantienen la tradición de realizar oficios religiosos durante la media noche, el amanecer y la noche de la celebración.



El 23 de junio, generalmente se realiza el Velorio de San Juan ante los altares adornados, alrededor del cual los fieles cantan y bailan al ritmo del tambor.



Desde tempranas horas del día 24 de junio, San Juan es sacado en procesión hasta la iglesia, donde se le celebra una misa en su honor. Una vez culminada, se da inició al repique de tambores y al recorrido del Santo por las principales calles del poblado, mientras que los devotos portan banderas y pañuelos multicolores. Cada cierto tiempo los asistentes se detienen para expresar a grandes voces su reconocimiento y veneración al Santo. Las parejas bailan dentro de uno o más círculos, el hombre acosa a la mujer, mientras ella intenta separarse de él, al mismo tiempo que continua provocándolo con el ritmo de su cuerpo. Todos se dirigen a la casa de donde salió el santo.



En algunas regiones del país, el día 25 se realiza el Encierro de San Juan y una misa para despedir al Santo. Posteriormente la imagen es llevada en procesión por las calles del poblado. Los miembros de la cofradía reciben donativos para organizar las fiestas del próximo año.



Los pescadores artesanales de la costa aragüeña acostumbran a realizar el Encuentro de Sanjuanes. Para ello, transportan en sus embarcaciones la imagen del Santo, a quien le realizan una gran procesión marítima que culmina en Ocumare de la Costa, donde se congregan todos los Sanjuanes, acompañados por los músicos de cada sector.



Desde sus orígenes, la fiesta en honor a San Juan se encuentra vinculada a creencias relativas a la fecundidad y a los cursos del agua. Actualmente esta creencia está asociada a creencias populares como por ejemplo, la costumbre de cortarse el cabello para obtener buena suerte o a la de verter un huevo dentro de un vaso lleno de agua para predecir el futuro.








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