TRANSPARENCY INTERNACIONAL

jueves, 6 de mayo de 2010

Necesidad de intercambio de informacion "veridica".-





Wordpress.com: Parlamento Español-Parlamento Nassau Bahamas- Jose Luis Rodriguez Zapatero- Emblema OCDE

EL IMPACTO NEGATIVO DE LOS PARAISOS FISCALES SOBRE EL DESARROLLO ECONOMICO DE LOS PAISES POBRES.....Y DE LA ECONOMIA MUNDIAL EN GENERAL.-


Continuando con el análisis del Informe presentado por el Eurodiputado Enrique Guerrero, y aprobado en el PE, fecha 25/03/2010, y siguiendo el esquema trazado para efectuar el mismo en los artículos anteriores: “Las consecuencias de las crisis internacionales y el papel de las instituciones” (18/04/2010)”, Informe, que como se ha expuesto, contò con màs propuestas pero que desgraciadamente, no fueron en su totalidad aprobadas.-

En atención, al tema en análisis, en nuestros articulos, quedaron por analizar dentro del tema “Impacto negativo de los paraísos fiscales sobre el desarrollo económico de los países pobres” en los puntos elevados a la Comisión a efectos de que investigue cómo debe llevarse a cabo el brindar soluciòn al flagelo del impacto negativo de los paraísos fiscales sobre el desarrollo economico, lo relativo a : 1) El intercambio automático de información a una escala global y 2) obligación de que las empresas transnacionales en la UE informen "país por país acerca de los ingresos y los impuestos abonados”.-


1) El intercambio automático de información a una escala global

Con respecto al primer tema, es de fundamental importancia no sòlo su análisis, sino la bùsqueda de su forma de ejecución eficaz, en atención a la importancia absoluta que conlleva dicho tema y no sòlo en el àmbito de los paraísos fiscales, como analizaremos en esta entrega y en pròximas.-

En el contexto internacional, la nociòn de “intercambio de información tributario” forma parte del concepto màs amplio de asistencia mutua entre las administraciones fiscales de los distintos países, en cuanto a la liquidación e incluso a la recaudación de los impuestos.-
En un plano distinto pero relacionado con el anterior, el intercambio de información también se asocia al concepto de asistencia en el ámbito judicial sobre todo en lo concerniente al delito fiscal.-

El mentado cambio de información y asistencia mutua, tiene una dilatada historia sobre todo en países industrializados que han venido poniéndolos en pràctica desde hace muchos años.- De hecho, el primer Convenio modelo de OCDE que ya contemplaba el intercambio de información, data de 1963 y desde esa fecha hasta la actualidad se han firmado màs de 1500 convenios bilaterales en todo el mundo y en la mayoría de ellos se contempla en forma expresa el intercambio de información como un mecanismo indispensable para la explicación pràctica del propio convenio y para la gestión de los impuestos existentes en cada uno de los Estados firmantes del mismo.-
Asimismo, la primera Directiva Comunitaria de Asistencia Mutua entrò en vigor hace màs de dos décadas para los Estados que entonces formaban la Comunidad Econòmica Europea y su uso se ha incrementado en forma espectacular en dichos Estados y en todos aquellos que paulatinamente se han ido sumando al gran proyecto continental que hoy constituye la Uniòn Europea.-
Hoy, el intercambio de información se ha potenciado grandemente como consecuencia del fenómeno de la globalizaciòn económica.- Este intercambio está propiciado no sòlo por la evolución de internet, sino por la eliminaciòn de los intereses onerosos e infracciones de los obtenidos a los movimientos de capitales y la mayor facilidad (dentro de determinados espacios econòmicos o conjunto de países) para los movimientos de personas o empresas, transforman, muchas cuestiones nacionales y entre ellas, las tributarias, en cuestiones internacionales.-

La globalización està generando nuevos problemas interrelacionados entre si, a los que las administraciones tributarias deben hacer frente, tales como: la intensificación de la competencia fiscal entre países, con vistas a atraer inversiones extranjeras; la consiguiente dificultad para asegurar la tributación de las rentas de capital o para fijar la base imponible de las empresas multinacionales; el desarrollo del comercio electrónico que lleva aparejado un sistema bancario de pagos paralelos y que subsiste a los tradicionales conceptos de residencia y de fuente; la proliferaciòn de paraísos fiscales y de otros regímenes tributarios perjudiciales con la gran cantidad de oportunidades que brindan para la evasión y el fraude fiscal.-
En este nuevo contexto el intercambio de información es un ingrediente necesario, e incluso, la piedra angular para una real resolución de estos y otros que sean su consecuencia.-

Podría afirmarse que con la actual economía globalizada, el gravamen de la renta mundial combinada con la aplicación del principio de residencia sòlo es factible si hay un intercambio completo, eficiente y verìdico de información entre las autoridades fiscales.- El reforzamiento de la asistencia mutua es un mecanismo esencial para que un país pueda defender sus intereses en cuanto a sus ingresos fiscales y para que pueda gravar de forma màs equitativa a sus residentes, sin perder de vista a aquellos que reciben rentas del extranjero o que indebidamente se generen allí.-
Ante todo lo expuesto y con la necesidad constatada, de poner en pràctica medidas de colaboración entre los mismos Estados, que permiten luchar contra el fraude fiscal de dimensión internacional y la necesidad, por otra parte, de que èstas medidas estèn amparadas por normas de rango suficiente, es por lo que, desde hace varias décadas, han venido suscribiéndose diferentes acuerdos o tratados que se configuran en definitiva como el instrumento jurídico que define y regula èstas posibilidades de colaboración entre las administraciones tributarias de los distintos Estados.-

Dentro de los instrumentos jurídicos que dan cobertura a la pràctica de asistencia mutua, tradicionalmente se distinguen entre: A) instrumentos bilaterales (acordados entre Estados Soberanos); b) Instrumentos Multilaterales, que definen el marco de las modalidades y las posibilidades de desarrollar en la pràctica la asistencia mutua, para un grupo limitado de países.- En èste además de las Directivas Comunitarias sobre èsta materia, hay que destacar la existencia de los siguientes instrumentos: 1) Convenio de asistencia.- En materia tributaria OCDE –Consejo de Europa cuyo objetivo desborda el mero intercambio de información.-
En un plano distinto, el Convenio Europeo de Asistencia judicial en materia penal, que constituye el Protocolo Adicional referente al ámbito fiscal, ambos ratificados por España.-
En el caso de España y ciñièndonos a la Asistencia Mutua en materia de liquidaciones, hoy por hoy son dos los tipos de instrumentos jurídicos en los que se basa esta pràctica de asistencia entre las Administraciones Tributarias de distintos países: A) Convenios de Doble Imposiciòn; B) Directivas y Reglamentos comunitarios de Asistencia Mutua y la liquidación:

Estos dos convenios llevan un artículo que regula el intercambio de información y que se basan en la redacción del art. 26 del Modelo de Convenio OCDE.-
Al contrario del planteo que se hace en el texto de las Directivas de Asistencia Mutua para la liquidación, el art. 26 del Modelo de Convenio no enumera expresamente las distintas modalidades de intercambio que sí se recogen.- Sin embargo, en los comentarios al Convenio Modelo, se consideran:…” A) Intercambio previa petición para un caso concreto que exige que el país requirente haya agotado previamente las fuentes regulares de infracción previstas en su legislación interna antes de presentar la demanda de infracción al otro Estado.- B) Intercambio Automàtico: Supone transmitir automáticamente información sobre una o varias categorías de datos como pueden ser rentas procedentes de un Estado contratante y percibidas por contribuyentes residentes en otro Estado contratante; titularidades de bienes de los residentes de un Estado, al otro Estado contratante, etc.- C) Intercambio Espontàneo: que implica transmitir a medida que se han comunicado por un Estado los datos obtenidos en el mismo de determinadas investigaciones, que se supone ofrecen especial interés para el otro Estado.-

Êstas modalidades enumeradas, de intercambio teórico, en la pràctica no suelen darse de forma independiente y perfectamente diferenciadas.- Antes bien de hecho, en numerosas actuaciones se combinan y complementan y asi por ejemplo, es frecuente que tras recibir una petición de infracción previa solicitud, el Estado requerido envìe de forma espontànea otra información suplementaria que estime pueda ser de utilidad para el caso concreto investigado por el Estado requirente.-(Ezquerro, Teodor Condòn: Manual de Fiscalidad Internacional; Investigaciones de Estudios Fiscales.- Manual de la Escuela de Hacienda Pùblica (Ed. Invest. De Estudios Fiscales 2001)

En el àmbito internacional las bases de la persecución del blanqueo de activos se mueven en torno a tres cuestiones bàsicas: a) persecución de las jurisdicciones consideradas opacas; b) coordinación y cooperación internacional en todos los àmbitos de investigación y c) puesta en juego de los modernos sistemas de inteligencia financiera.-

“La prevenciòn y represiòn del blanqueo de capitales y del fraude, requieren del control de la información en el àmbito internacional, en atenciòn, como hemos observado en otras entregas, a las caracteristicas de la globalización económica y el avance generado por la tecnología que logran que entren en juego dos o màs jurisdicciones o mercados.- Asegurado que fuese el control interno, lo cual sabemos hoy en su mayor parte no existe, por muchas razones, pero principalmente porque la información, que es el producto esencial en ciernes, y que debe transmitirse, en muchos casos, no es verìdica.- El intercambio de información entre distintas administraciones tributarias supone, la materializaciòn del deber de colaboración existente tanto en el àmbito interno como en el internacional”.-(Lombardero Expòsito, Luis M: “Blanqueo de Capitales”; Ed. Bosh, oct. 2009, pàg. 325/326).-

La interdependencia entre las economias nacionales e internacionales giran en torno a tres cuestiones bàsicas: precios de transferencia; el comercio electrònico; y los paraísos fiscales.-Frente a los inconvenientes que èstas tres cuestiones pueden plantear y desde el ilicito y la defraudación, que son los supuestos en análisis, deben dilucidarse primeramente cuàles son los Estados que deben gravar estas transacciones.- Porque en atención a que la globalización genera que las empresas planifiquen su actividad a escala planetaria, es necesario que los Estados tengan claro cuales son los supuestos en los que deben actuar coercitivamente en el seno de su territorio.- La cooperación entre jurisdicciones supone una especie de pròrroga de las jurisdicciones de los Estados que les permite actuar sobre las actividades empresariales que se lleven a cabo fuera de su àmbito natural de actuaciòn, es decir, fuera de su territorio.-
Esta cooperación “entre Estados”basada en el principio de reciprocidad, permite a las distintas jurisdicciones acceder a información esencial en orden a gravar determinados hechos econòmicos ocurridos allende sus fronteras, que de otro modo, resultarian desconocidos para ella.- No hemos de olvidar que sí pueden gravarse éstos hechos económicos, sin esa posibilidad, permanecerían ocultos. El posible blanqueo de activos realizado utilizando una jurisdicción extranjera, quedaría al descubierto para las autoridades nacionales, salvo si tambièn se engañase a las autoridades de la jurisdicción extranjera, aumentando la dificultad y el riesgo de la operación de blanqueo de activos.-

Primera Parte

Dra. Susana B. Ferro Ilardo

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Orsi)

















































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































24 DE JUNIO

Fiesta en honor a San Juan



La fiesta en honor se celebra en diversas regiones del país, donde mantienen la tradición de realizar oficios religiosos durante la media noche, el amanecer y la noche de la celebración.



El 23 de junio, generalmente se realiza el Velorio de San Juan ante los altares adornados, alrededor del cual los fieles cantan y bailan al ritmo del tambor.



Desde tempranas horas del día 24 de junio, San Juan es sacado en procesión hasta la iglesia, donde se le celebra una misa en su honor. Una vez culminada, se da inició al repique de tambores y al recorrido del Santo por las principales calles del poblado, mientras que los devotos portan banderas y pañuelos multicolores. Cada cierto tiempo los asistentes se detienen para expresar a grandes voces su reconocimiento y veneración al Santo. Las parejas bailan dentro de uno o más círculos, el hombre acosa a la mujer, mientras ella intenta separarse de él, al mismo tiempo que continua provocándolo con el ritmo de su cuerpo. Todos se dirigen a la casa de donde salió el santo.



En algunas regiones del país, el día 25 se realiza el Encierro de San Juan y una misa para despedir al Santo. Posteriormente la imagen es llevada en procesión por las calles del poblado. Los miembros de la cofradía reciben donativos para organizar las fiestas del próximo año.



Los pescadores artesanales de la costa aragüeña acostumbran a realizar el Encuentro de Sanjuanes. Para ello, transportan en sus embarcaciones la imagen del Santo, a quien le realizan una gran procesión marítima que culmina en Ocumare de la Costa, donde se congregan todos los Sanjuanes, acompañados por los músicos de cada sector.



Desde sus orígenes, la fiesta en honor a San Juan se encuentra vinculada a creencias relativas a la fecundidad y a los cursos del agua. Actualmente esta creencia está asociada a creencias populares como por ejemplo, la costumbre de cortarse el cabello para obtener buena suerte o a la de verter un huevo dentro de un vaso lleno de agua para predecir el futuro.








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