TRANSPARENCY INTERNACIONAL
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miércoles, 21 de abril de 2010

LAS CONSECUENCIAS DE LAS CRISIS INTERNACIONALES Y EL PAPEL DE LAS INSTITUCIONES. SE NECESITAN PROPUESTAS ... (SEGUNDA PARTE)




Continuando con el esquema trazado para el análisis en el articulo anterior “Las consecuencias de las crisis internacionales y el papel de las instituciones” (Ver archivo) siguiendo el Informe presentado por el Eurodiputado socialista Enrique Guerrero frente a los problemas suscitados por la crisis internacional, y planteados que fueran, se formularon variadas propuestas, que desgraciadamente no fueron en su totalidad aprobadas.-

En atención, al tema en análisis en nuestro articulo, se analizaron las siguientes: 1) Impacto negativo de los paraísos fiscales" sobre el desarrollo económico de los países pobres. Con el objetivo de atajar este problema, se solicita a los Estados miembros que prioricen en sus políticas “la lucha contra "la evasión fiscal y la fuga ilegal de capitales" de los Estados más desfavorecidos”. Para ello, pide a la Comisión que investigue sobre cómo puede llevarse a cabo
A) "el intercambio automático de información a una escala global",
B) "las sanciones a paraísos fiscales que no cooperen y a sus usuarios",
C) “obligación de que las empresas transnacionales en la UE informen "país por país acerca de los ingresos y los impuestos abonados".


Planteado que fuese el impacto negativo de los paraísos fiscales" sobre el desarrollo económico de los países pobres, nos preguntamos ¿Què ha ocurrido que no ha podido darse la solución económica buscada a nivel internacional en relación al tema paraísos fiscales?.- Siguiendo a Vigueras, se considerò que uno de los errores fundamentales es el no haber tenido presente el papel distinto que asumieron con el tiempo estos paraísos, hoy mejor llamados centros financieros offshore.-

Que la integración de la UE, importò la eliminaciòn de las trabas a los movimientos de capitales entre la UE y Suiza, Lichtenstein, Jersey, las Islas Caimán o cualquier otro territorio considerado paraíso fiscal en atención, a la libertad de circulación prevista. Naturalmente, esta libertad de movimientos ejerce una gran presión sobre las políticas de los estados que, a la hora de introducir reformas o modificaciones en sus sistemas tributarios para cubrir las necesidades ciudadanas, se encuentran con que tienen que mirar qué están haciendo los vecinos para evitar la huida de capitales. Es el argumento que se esgrime constantemente para explicar, por ejemplo, por qué el estado español ha ido bajando la tributación del impuesto de sociedades. Naturalmente, la consecuencia es que cada vez se tributa más por impuestos indirectos al consumo, como el IVA, y por los salarios, mientras que la carga sobre los capitales es cada vez menor.
Se expresó siguiendo a Vigueras, que esta falta de armonización entre los distintos sistemas fiscales deja a los estados miembros en una situación de gran vulnerabilidad, y es uno de los motivos por los que está resultando imposible dar una respuesta común europea a la crisis” (Vigueras Hernàndez, Juan:”El Trasfondo de los paraísos fiscales”; ATTAC, España Justicia Econòmica Global;2006).-

Se considerò que estos centros financieros offshore están ligados a un fenómeno, del que en general y en especial en España, aún no se habla mucho y que se encuentra en el origen de la última crisis financiera y cuyas consecuencias aùn hoy, transitamos: “las ayudas públicas a los bancos no se estàn traduciendo en crédito para los hogares y empresas”, los denominados “sistema bancario en la sombra". Que èstas filiales, pueden realizar operaciones que no se reflejan en la contabilidad.- Esto lleva a generar una gran desconfianza entre entidades, ya que las cuentas de los bancos no reflejan estas operaciones de gran magnitud, ejemplo claro de ello lo encontramos en las causas UBS y Madoff.- La banca está utiizando las ayudas estatales para reforzar y sanear esas cuentas ocultas, en lugar de introducirlas en la economía oficial dando créditos. Las grandes pérdidas recientes de la banca y algunas de las principales bancarrotas que hemos presenciado proceden de la incorporación a la contabilidad oficial de las pérdidas sufridas en este sistema en la sombra, una vez que ha comenzado a desmantelarse.

Que el problema principal a considerar, es, que las competencias financieras de un estado terminan donde terminan sus fronteras, mientras que el grueso de las operaciones financieras son transnacionales y requieren de normativa que autorice un control especial, en atención a ello.- OCDE y el G20, decidieron en su emprendida, luchar contra la evasión internacional de capitales y los paraísos fiscales y aplicar a partir de marzo de 2010 sanciones a los paraisos que no se adecuen a las normativas fijadas. Sin embargo, transcurrido más de un año de fijadas dichas premisas, el balance es considerado en su mayor parte, negativo.-
Que el impacto de los centros financieros extraterritoriales sobre los países en desarrollo se produce por tres vías principales, como son la inestabilidad monetaria y financiera con sus repercusiones sociales; como estaciones en los circuitos del blanqueo del dinero sucio y de la corrupción; y como refugios de la evasión y el fraude fiscal que reducen los ingresos públicos que les son tan necesarios cuanto mayores problemas tienen.-

“El Impacto negativo de los paraísos fiscales" sobre el desarrollo económico de los países pobres.-

Frente al análisis de este punto, y como hemos expresado, con el objetivo de atajar este problema, en el Informe se solicita a los Estados miembros que prioricen en sus políticas “la lucha contra "la evasión fiscal y la fuga ilegal de capitales" de los Estados más desfavorecidos”. Conforme los puntos considerados y analizado que fuese el punto B) sanciones a paraísos fiscales que no cooperen y a sus usuarios, y expresada la realidad, que en atención a haberse firmado los doce acuerdos establecidos respectivos, no serán aplicadas, resta entonces, analizar los puntos A) y C).-

A)"El intercambio automático de información a una escala global"

La crisis internacional sufrida, activò mecanismos que deberían haber sido considerados y activados antes, por quienes tienen en sus manos el poder de tomar las decisiones y de ordenar su ejecución a nivel internacional.- Lo cierto es, que el rescate multimillanario que debió realizarse, para evitar consecuencias mundialmente gravosas, alertò sobre ciertos servicios y productos de la realidad económica que deben ser controlados y analizados nuevamente, a efectos de lograr sobre ellos mayor sugesiòn.- Lo cierto es que la realidad que quedó al descubierto hizo surgir o resurgir, pero esta vez con el firme propósito de tomar las medidas necesarias para brindar la solución acorde, preguntas como las siguientes: 1) ¿cuànto dinero de origen ilegal, ilícito y criminal circula realmente por el mundo? Porque ha quedado demostrado, que son cifras que ponen en peligro la estabilidad económica, política y social de nuestros estados y de nuestros bloques económicos a nivel mundial.- 2) ¿En què manos se encuentran y què pretenden hacer sus ilegítimos propietarios con èl? obviamente, no se trata de acciones altruistas para nuestras sociedades; 4) ¿què función ocupa el blanqueo en este escenario?.- Lo cierto es que el FMI, la OCDE y el GAFI han sido los primeros productores de cifras a lo largo de los últimos años.- Muchos de sus cálculos han sido asumidos por otras instituciones internacionales como la Oficina de Naciones Unidas para la Lucha contra las Drogas.- Son casi los únicos datos de los que se disponen, entre otras razones porque no existen apenas estudios independientes sobre el tema o los que existen, no tienen la circularizaciòn ni la comprobación adecuadas.

Segùn estas instituciones y conforme hemos analizado en artículos anteriores, las cifras oscilan entre el 2 y 5% del PBI mundial, más de 2 billones de dólares, es decir, aproximadamente el doble del PBI del Reino Unido.- Al tipo de rendimiento anual, la colocación de ese patrimonio produce la rentabilidad de unos intereses anuales mayores a miles de millones de dólares.- Porquè es importante destacar este aspecto? porque èstas cifras surgieron por primera vez, en una conferencia por Michel Camdessus y extraidas de un artículo del Financial Times de 1994 en el cual su autor aplicaba un coeficiente multiplicador a una serie de estimaciones del GAFI, también meramente estadìsticas, aparecidas poco tiempo antes. Es decir, nos manejamos para brindar las necesarias soluciones mundiales, a través de estadísticas que no son totalmente ciertas, ello no implica necesariamente que sean falsas, pero sì que no abarquen la total realidad.-

Aùn cuando nos manejásemos con los Centros estadisticos màs responsables del mundo, continúan siendo “estadísticas”, porque las mismas provienen del mundo del ilícito y la ilegalidad (dinero negro y sucio) que no permiten, nùmeros certeros (recordemos las causas Enron, Madoff, etc) y aùn contando con innumerables y certeras investigaciones que descubran la realidad de varios de esos origenes del ilícito y la ilegalidad (abarcando dichos vocablos las situaciones delictivas y aquellas que conforman violaciones a las normas administrativas, con las consecuencias que de ello se derivan) nunca lo podrán hacer en su totalidad, por ello, la debacle económico financiera acontecida, cuyos números sobrepasaron lo imaginable y lo estadìstico, lo cual, a tenor de los intereses que mundialmente deben ser defendidos, no puede volver a ocurrir.- Se debe aprender necesariamente del inconveniente suscitado en este pasado inmediato, para que quienes ejercen el poder y tienen la obligaciòn de dirigir los destinos mundiales, no cometan los mismos errores.-

El càlculo de los dineros de origen ilícito, como señala Fernandez Steinko en su obra, tiene un problema de partida.- Èste radica en que los delitos suscpetibles de generar grandes cantidades de dinero ilícito (la evasión fiscal (cuando sobrepasa los lìmites fijados por la ley e ingresa en penal tributaria), la huìda de capitales, la corrupción y muchos delitos de cuello azul) no tienen en la mayoría de los casos, víctimas concretas, tienen una “nocividad intangible”.- En ninguno de estos casos, el dinero se acumula por efecto de una redistribución de riqueza a costa de un propietario o propietarios que puedan presentar una denuncia en la que quede cuantificado el valor del daño sufrido.- Los perjudicados son: la colectividad o el medio ambiente, en cada caso tenemos perjudicados colectivos, con bienes jurídicos protegidos acordes, por ejemplo, en el supuesto de la evasión fiscal, el bien jurídico protegido es “la hacienda pública”.- Estos perjudicados “colectivos” deben ser defendidos por las instituciones pùblicas (fiscalìas, etc).- Las drogas ilegales, tienen compradores a los que nadie obliga a drogarse; los capitales huìdos ilegalmente de los países del Tercer Mundo, lo hacen de forma no voluntaria o que las comisiones ilegales pagadas por empresas a los políticos son el producto de la coerción (Fernàndez Steinko, Armando: “Las pistas falsas del crimen organizado).-

A la riqueza asi acumulada, llegamos de dos formas distintas: o bien esta acumulación cuenta con el consentimiento activo y necesario de la otra parte, como es el supuesto de la venta de productos y la prestación de servicios ilegales (tràfico de drogas, armas, prostitución).- O bien, se acumula por efecto de la venta o la prestaciòn de productos y servicios legales en condiciones de ilegalidad para evadir impuestos o esquivar reglamentaciones laborales y ambientales (venta ilegal de cigarrillos, de bebidas, criminalidad ambiental, etc).- Hay excepciones, como la que constituye el supuesto del dinero procedente de la estafa o de los grandes atracos que tienen perjudicados concretos. Pero estos delitos, tienen un peso despreciable en el conjunto de las finanzas criminales del planeta.- En otras palabras, los delitos susceptibles de generar grandes cantidades de dinero ilegal no tienen víctimas con nombres y apellidos, lo cual dificulta los cálculos de las cantidades al tiempo que ofrece buenas oportunidades para el florecimiento del delito sobre el poder económico desplegado por las diferentes formas de criminalidad organizada.-

Existen dos formas de calcular en el mundo el dinero de origen criminal: aplicando estimaciones macroeconómicas y estimaciones microecònomicas.- Las primeras, parten de la presunción de que todo el dinero que no paga impuestos, forma parte de la economìa negra y por lo tanto necesita ser blanqueado.- Èste método es muy grueso e impreciso y se inspira en los cálculos de la economía sumergida en el mundo.- Produce unas cifras astronómicas y divergentes, cuyo significado para calcular la peligrosidad de las finanzas criminales o su capacidad potencial de infliltrar el sistema econòmico e institucional, por estas razones, las hacen en principio inutilizables para tomar decisiones políticas.- Lo cierto es, que cualquiera sea el volumen total de dinero ilìcito e ilegal, sòlo una pequeña parte requiere ser blanqueada.- Si es verdad que el crimen organizado no està formado por unas cuantas organizaciones poderosas con capacidad de ejercer un control importante sobre precios y mercados, eso quiere decir, que tiene que haber necesariamente muchos actores que intervienen en las cadenas delictivas, que èstas están muy dispersas y que la mayoría de èstas personas generan pocos excedentes económicos una vez descontados sus gastos corrientes.- “Estos gastos no son muy elevados, de unos 25000 dòlares al año o equivalente en euros para Europa” (Fernàndez Seinko, ob. Cit pàg. 141). Sin embargo, cuando son muchos miles los que intervienen en razón de este hecho, en el mundo, las cantidades totales de dinero negra gastadas de esta forma, pueden llegar a ser muy importantes aùn cuando una buena parte, no necesite ser blanqueada.-

El descubrir estos hechos, fue lo que llevò a los organismos correspondientes a intervenir modificando la legislación y en especial, los montos a partir de los cuales toda operación es considerada sospechosa, indicando los sujetos que en el mercado deben intervenir no sòlo como denunciantes, sino por su carácter de intermediarios en las operaciones normadas, obligándose por lo tanto, entre otros, a los profesionales y entidades financieras a actuar como agentes de retenciòn y mediante formularios especiales y soportes magnèticos, hagan conocer todas las operaciones en las que intervienen a partir de determinados montos, en virtud de ser consideradas sospechosas.- Dichos montos se han tornado menores en estos últimos años, en atención a las distintas circunstancias marcadas por el crimen organizado (las redes de organizaciones criminales se están moviendo a partir de montos mucho menores, por ejemplo compras de inmuebles a partir de $ 10.000 Pesos Argentinos y asi poder controlarlos más fàcilmente y poder unir la informaciòn necesaria a través de las investigaciones realizadas para poder hacer salir a la luz, dichos delitos) .-


“El papel esencial que juegan en el intercambio de información los organismos internacionales creados al efecto, como es el supuesto de la UIF”.

Con èste sentido, se crearon nuevas organizaciones como las UIF para ayudar al Ministerio Público, sin embargo a pesar de ello, y de la información existente, el delito siguiò creciendo.- Por ello es necesario que se analicen èstas Unidades, como todos los Organismos que hayan sido creados al efecto, para que se observe cual es la falla de la que adolecen y generar por lo tanto, un mayor y ficàz rendimiento en la actualidad.-

Una Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) se debe fundamentar, para el logro de su objetivo, en el procesamiento inteligente de la información recolectada, para lo cual es necesario asumir el papel de integrador de toda la información relevante, que los distintos organismos del estado obtienen con relación al delito del Lavado de Activos. …”Es el nuevo entorno en el que se desenvuelve el mundo, el genera el problema y adicionalmente provee los elementos básicos para la solución. Por esta razón, vale la pena dedicar tiempo al estudio de estas variables explicadas en el Libro de Don Tapscott y en otros autores”.(Uribe, Rodolfo: “Conceptos detrás de una
Unidad de Inteligencia Financiera”,en Noticias del Observador – Primer Trimestre 2004Número 1 Año 2,pàg 2)-

Expresa Uribe asimismo en su obra, que se requiere que la dimensión de la acción de una UIF esté en el apoyo para la desarticulación de las redes de delincuencia, de tal forma que en un futuro y fundamentada en la tecnología, pueda desarrollar modelos que permitan hacer un eficiente análisis de los Reportes de Operaciones Inusuales y Sospechosos, para la identificación de los delitos; es decir, en una primera instancia se buscará entregar información analizada, oportuna y de calidad para que las autoridades competentes (Ministerio Público) realicen su función de investigación y judicialización y para que posteriormente se pueda trabajar en la prevención del delito, bajo los parámetros que impongan las normas. Una UIF debe fusionar, clasificar y analizar la información, que ha sido enviada por las entidades obligadas a reportar, o por sus respectivas entidades de vigilancia, inspección y control, para crear el perfil personal o el mapa financiero electrónico de una persona jurídica o natural, con base en su composición de datos. La UIF no solo debe estar en capacidad de rastrear las actividades financieras sino comerciales y económicas de esa persona, y también debe ser capaz de proyectar un retrato financiero muy cercano a la realidad, permitiéndoles a las autoridades competentes visualizar y conocer a la persona sin que ésta se dé cuenta de esta labor.

El Sistema de Información de la UIF debe estar en capacidad de conversión de datos en conocimiento, pasando por la etapa de información, en la cual lo que se hace, es tomar la descripción de una realidad (dato) relacionarla con otros datos de manera inteligente y obtener una descripción específica y de interés (Información), que en conjunto con otras relaciones son la base de operación de la UIF (Conocimiento).
Como bien señala Uribe, los conceptos “estratégicos, tácticos y operacionales para la creación de UIF eficientes” son necesarios para lograr la reducción de lavado de activos en el mundo.-

Y lo cierto es, que como ha señalado el Eurodiputado Guerrero en su Informe, es evidente que hay una falla aùn en la “relación de esa información” a nivel global, para que a tenor de la rapidez que han adquirido las transferencias de capitales de un lugar a otro por efecto de la tecnologìa, pueda llegarse a la averiguaciòn de sus orígenes y del lugar en el que se encuentran depositados, y demás informaciòn relacionada con ella, para conseguir la disminución de los delitos y en especial, salvaguardar la soberanía de los Estados.-

Que los centros offshore son espacios en los que se realizan negocios en porcentajes significativos.- Estos centros realizan una verdadera actividad de “cosmética contable” logrando que operaciones que son ilegales en sus paises de origen, no lo sean en los centros extraterritoriales.-
Al respecto debe considerarse que si bien la OCDE y el G20 han tomado medidas acordes a los tiempos que vivimos, aùn continúan no siendo totalmente efectivas.- Considérese lo ocurrido en la causa UBS, con el acuerdo celebrado entre Suiza y EEUU, y que luego de celebrado el mismo y en atención al levantamiento del secreto bancario, como eje de su realización, una sentencia en la propia Suiza, suspendió la ejecucìòn del mismo, con base en su derecho (Ver artículos archivo).-

Debe considerarse entonces, que ante la situación acontecida en la pràctica, en los hechos, el necesario “intercambio automático de información a una escala global" puesto de manifiesto en el Informe presentado ante el Parlamento Europeo y que fuera considerado y aprobado, se encuentra con varios escollos, a efectos de su real y efectiva concreción y utilidad.-
Uno de ellos, que la Informaciòn pueda quedar HABILITADA A ESCALA GLOBAL, y que “ESA TRANSMISIÓN, SEA RÁPIDA Y EFECTIVA”, como lo ha conseguido la tecnología para las transferencias exitosas del dinero negro y sucio.-
Otro, que la informaciòn que llegue en tiempo record y se haga efectiva, sea “VERIDICA” a efectos de lograr dar solución al flagelo delictivo y sus nefastas consecuencias para la economía de los Estados, del mercado y de los bloques.- Y aunque ello pareciera una obviedad, no lo es.- Ejemplo de que ello no ocurrirìa tan simplemente, y por lo tanto, que todo esfuerzo tecnológico y económico puesto a disposición del logro de este gran y necesario objetivo, seria dilapidado, lo encontramos a diario.-

Sabemos de la importancia y obligaciòn del cumplimiento de los países de las diversas normas dictadas por Organismos Internacionales, a efectos de luchar contra el flagelo delictivo, con las consecuencias económicas que de ello se derivan. Dicho cumplimiento importa, que en la actuación conjunta los países puedan y deban facilitar con su intervención la lucha contra dicho flagelo.- Esas normas, tienen una razón de ser.- Un tercer escollo lo encontraríamos entonces y en relación con los anteriores, “EN EL NO CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA INTERNACIONAL”, que importaría que la transferencia de información, en caso de realizarse sin cumplir con la normativa internacional, no fuera verídica.-

Con fecha 12 de abril de 2010, el Diario “La Naciòn” en la Argentina, publicò un articulo de Hugo Alconada Mon, poniendo de manifiesto, que tras la visita efectuada por Funcionarios del GAFI, …“trascendió que el informe critica especialmente a la Unidad de Información Financiera (UIF, dependiente del Ministerio de Justicia), por la escasa profundidad para analizar los reportes de operaciones sospechosas. También habla de descoordinación y de los recelos con otros entes oficiales, como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para intercambiar información confidencial.- La misión del GAFI que estuvo integrada por expertos de siete países, analiza dar un paso más en su documento: incluiría “a la corrupción” como una de las causas que explican por qué la Argentina se encuentra en su situación actual, según pudo reconstruir La Nacion tras consultar a una decena de actuales y ex funcionarios, expertos internacionales e interlocutores del sector privado…. En febrero y junio de 2005, el Grupo le envió dos cartas al Gobierno para expresar su malestar por distintos incumplimientos.

En marzo de 2008, el titular del GAFI viajó a la Argentina para pedir personalmente que aumentaran los controles locales. Y a principios de 2009, tras una tercera carta -esta vez por el polémico proyecto, luego ley, de blanqueo de capitales-, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, viajó a París para defender la posición oficial y evitó, por segunda vez, la difusión de una "declaración pública". Ahora, la misión del GAFI que se reunió con funcionarios y líderes del sector privado a mediados de noviembre pasado, evalúa cuánto avanzó o retrocedió el país desde el anterior "informe de evaluación mutua sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo", aprobado en junio de 2004. En aquel informe se señaló:
La Argentina no registraba ninguna condena judicial por lavado de dinero, lo que generaba "una seria preocupación". Casi seis años después, sigue igual. El Congreso no había tipificado la figura penal del "autolavado". Continúa igual, aunque Sbattella promete elevar un proyecto de ley en el corto plazo. Algunos organismos del Estado, como la Administración Federal de Ingresos Públicos, no compartían sus archivos confidenciales con la UIF, lo que el GAFI definió como una cooperación "deficiente". Sigue igual. "La Argentina tiene 24 registros de la propiedad inmueble que no están conectados entre sí. ¿Cómo es posible?", ejemplificó un experto.

El personal de la UIF era, en su mayoría, de planta temporaria, lo que aumenta los riesgos de filtración de secretos y pérdida recurrente de la experiencia acumulada. Sigue igual.
La UIF mostraba retrasos notables y escasa profundidad para analizar los reportes de operaciones sospechosas (ROS), por falta de recursos técnicos y de técnicos capacitados. Sigue igual.
La UIF carecía de "facultades de inspección" sobre bancos, compañías de seguros y otros sujetos obligados bajo sospecha. Sigue igual.”(Diario La Naciòn, Argentina, 12/04/2010).-

En síntesis, què información verídica podría recibirse de la UIF del mentado país? Con què información se estaría contando a nivel mundial para luchar contra el flagelo delictivo?.-Todos estos temas deben ser analizados y lograrse su corrección, previamente a toda inversión tecnológica en aras del necesario èxito del objetivo buscado, sin dejar de lado un tema fundamental y que va más allà de lo tecnológico: y es el “factor humano”. De nada servirá toda inversión, si fallan las personas y la corrupción y demás delitos que generan graves consecuencias económicas para los destinos de nuestros países, mercados y bloques no podrían existir, si no mediara la debilidad humana, muchas veces mentada sobre la necesidad que se genera a conciencia, proyectadamente desde el poder, para preservación del corrupto.- Por lo tanto, debemos comprender que una de las mejores maneras de luchar contra èstos flagelos en nuestras sociedades, lo constituye “la educación” y no sòlo en conocimiento, sino en valores.- Al respecto de la relación corrupción y pobreza, se presentan en el Blog, diversos artículos en los cuales podràn encontrar bibliografía especializada en el tema.-

Cabe aquí recordar las palabras del Presidente de la Conferencia Episcopal, Antonio Maria Rouco: .. “no debe olvidarse que no hay democracia ni Estado de Derecho, si en el centro, no està la dignidad del hombre y sus derechos fundamentales.- “El gran peligro es la ausencia de base moral en nuestras democracias.- Sin Dios, ni moral, ni Gobierno basado en ellos, el hombre se queda solo basado en su propio arbitrio”.- (Rouco, Atonio Maria (Pte de la Conferencia Episcopal): “Curso de Etica y futuro de la democracia” (Fundaciòn Garcia Morente…y Universidad CEU-Pablo).-

SEGUNDA PARTE
DRA. SUSANA B. FERRO ILARDO

sábado, 17 de abril de 2010

El Derecho Penal Económico y la protección de los intereses fiscales, frente al fraude por subvenciones.-


PUBLICADO EN GLOBEDIA.COM EL 30-03-2010 20:01



Categoría: Internacional| Tipo: Tutorial | Tags: economía Finanzas internacional INTEGRACION penal |

Verificados diversos fraudes de subvenciones, se advirtiò que la posibilidad de obtener una prestación sin contrapartida, y con un control muchas veces insuficiente, convierte a la subvención en un factor criminógeno por sí mismo
Europa Press

Desde una perspectiva de análisis teórico, y a los efectos econòmicos, el proceso de internacionalización del Derecho penal económico reconoce diversas manifestaciones, a saber:

1) la creación, por parte de instancias supranacionales, de figuras delictivas comunitarias, diseñadas para la protección de bienes jurídicos regionales (V.gr.: competencia, intereses financieros comunitarios; lucha contra el lavado de dinero; la corrupción; derecho penal impositivo comprensivo del procedimento de descentralización impositiva generado a partir de la Ley 21/2001 y sus modificaciones, etc ) y la armonización sectorial de las legislaciones nacionales, con la finalidad de facilitar la cooperación judicial en materia penal, como instrumento para enfrentar la criminalidad organizada trasnacional que afecte intereses económicos locales.


2°) Este proceso, no ha estado ni estarà exento de dificultades. Los problemas que se observan son diversos, de acuerdo a la manifestación que asume la internacionalización y a las características jurídicas propias del fenómeno integracionista, constituyendo ejemplo reciente de ello, las reformas a nivel de la UE, y que han debido implementarse en cada uno de los Estados Miembros, no libres de grandes obstáculos, como importan la implementación de las reformas financieras, bancarias y fiscales últimas necesarias ante la debacle financiera de los años 2006/2009.-


3º) Debe tenerse presente que las asimetrías señaladas repercuten significativamente al momento de precisar la problemática constitucional que puede enfrentar la elaboración de figuras delictivas

comunitarias. En este sentido, parte de la doctrina Europea señala ciertos temores que se conectan con las tensiones que puedan derivarse entre el principio nullum crimen y las fuentes del Derecho comunitario, o bien, con la falta de determinación de la norma regional.

4º) La prevención y represión de la delincuencia económica organizada transnacional exige, de parte de los Estados nacionales, que se intensifiquen los mecanismos de cooperación judicial en materia penal. Este proceso exige, a su vez, un acercamiento entre los sistemas penales (procesales y sustantivos) de los Estados miembros de la comunidad.-


5º) El empleo del método comparado puede significar un instrumento de especial importancia a los efectos de mejorar la normativa comunitaria, en los supuestos de bloques integrados y de armonizar, logrando de esta forma, soslayar al minimo posible las incompatibilidades existentes y que impiden que la armonización cumpla su cometido, en los bloques que aùn no han avanzado en el procedimiento necesario para llegar a la culminaciòn que todo proceso de integraciòn requiere.- Este mètodo juridico es fundamental, no sólo como tarea previa para este intento de acercamiento sino, fundamentalmente, como herramienta eficiente para detectar la racionalidad jurídica común que puede subyacer a los distintos ordenamientos positivos que conforman una región, a efectos de lograr su efectividad pràctica.- (Cesano, Josè Daniel: “El fraude de subvenciones en el àmbitodel Derecho Penal Ecoomico”).-


Verificados diversos fraudes de subvenciones, como ocurriera, según refiere Manuel Jaén Vallejo (cfr. El espacio judicial común europeo y la unificación del derecho penal y procesal penal en Europa: El Corpus Juris Europeo, en Crimen y castigo, Cuaderno del Departamento de Derecho Penal y Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Año I, Nº 1, agosto de 2001, Ed. Depalma, Bs. As., p. 75) desde hace tiempo y a partir de las investigaciones de Klaus Tiedemann, se advirtiò que “la posibilidad de obtener una prestación sin contrapartida, y con un control muchas veces insuficiente, convierte a la subvención en un factor criminógeno por sí mismo. Y es que las dificultades en el control de las subvenciones y ayudas públicas no es fácil, pues hay numerosas entidades y personas beneficiarias, tanto en el ámbito industrial como en el agrario, donde las ayudas de algunos de los fondos comunitarios pueden llegar al millón de agricultores.

Hay un caso que tuvo en su momento una gran importancia en la comunidad, el caso del maíz griego.- En 1986 fueron exportadas desde Grecia hasta Bélgica 20.000 toneladas de maíz, declarando los responsables que se trataba de maíz de origen griego, cuando, en realidad, se trataba de maíz procedente de Yugoslavia, por lo cual la exportación no quedó sujeta al correspondiente arancel aduanero. A pesar de los apremios realizados desde la comisión al gobierno de Grecia para que fueran iniciados los correspondientes procedimientos sancionadores ante este caso claro de fraude al arancel agrícola comunitario, éstos no se produjeron, por lo cual finalmente la comisión acudió al Tribunal de Justicia de la Comunidad, que en su sentencia de 21 de setiembre de 1989, ante la inactividad del gobierno de Grecia, y sobre la base de lo dispuesto por el artículo 5 del Tratado de la Comunidad Europea, relativo a la asimilación de la protección de los intereses de la Comunidad a la que corresponde a los intereses nacionales, afirmó que la protección de esos intereses comunitarios debía ser disuasiva, proporcionada y eficaz.”.-

Sin perjuicio de la tutela del ámbito de la competencia (art.81 apartado 1 y 82 del TUE) (“acuerdos contrarios a la competencia y aprovechamiento abusivo de una posición dominante en el mercado”) se procedió a tutelar asimismo el bien jurídico hacienda publica, mediante el establecimiento de multas y multas coercitivas.-

Por otra parte, como consecuencia de la verificación en 1995 se aprobó el Convenio Relativo a la Protección Penal de los Intereses Financieros de la Comunidad Europea de 26 de julio de 1995 [Diario Oficial C 316 de 27.11.1995} ampliándose, así, el espectro de bienes jurídicos comunitarios protegidos. En efecto, con este Convenio los Estados miembros se comprometieron a describir como hechos punibles, en cada uno de los ordenamientos nacionales, las acciones defraudatorias en perjuicio de los intereses financieros de la Unión Europea.- Dicho Convenio expresa con este acto, un acuerdo para la lucha contra el fraude en perjuicio de los intereses financieros de la Comunidad Europea (CE). Con arreglo al Convenio, el fraude en materia tanto de gastos, como de ingresos, debe ser objeto de sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias en cada Estado miembro.

Sobre la base del Convenio, cada Estado miembro debe adoptar las medidas necesarias para garantizar que estos comportamientos, así como la complicidad, instigación o tentativa ligados a tales comportamientos, sean objeto de sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias. En caso de fraude grave, dichas medidas deben suponer penas de prisión y la posibilidad de extradición.

Cada Estado miembro también debe adoptar las medidas necesarias para permitir que los jefes de empresa o cualquier persona que ejerza poderes de decisión o de control en el seno de las empresas, puedan ser declarados penalmente responsables con arreglo a los principios definidos por su Derecho interno, en caso de fraude que afecte a los intereses financieros de la CE.

La OLAF tiene por misión, proteger los intereses financieros de la Unión Europea y combatir el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal.-
Cada Estado miembro tomará las medidas necesarias para establecer su competencia sobre las infracciones que haya tipificado de conformidad con las obligaciones derivadas del Convenio.

Si un fraude constituye una infracción penal y afecta al menos a dos Estados miembros, estos Estados cooperarán de manera efectiva en la investigación, en las diligencias judiciales y en la ejecución de la sanción pronunciada, por ejemplo, mediante la asistencia judicial mutua, la extradición, la transmisión de las diligencias o la ejecución de las sentencias dictadas en otro Estado miembro.

En caso de diferencia entre Estados miembros derivada de la interpretación o aplicación del Convenio, el caso debe ser examinado en primer lugar por el Consejo. Si éste no encuentra una solución en un plazo de 6 meses, una de las partes afectadas puede remitirse al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), que también es competente para los conflictos entre un Estado miembro y la Comisión Europea.

Adoptados en el marco del Título VI del Tratado de la Unión Europea (UE), este Convenio y sus Protocolos tienen por objeto crear una base común para la protección penal de los intereses financieros de la CE.

(El Convenio entró en vigor el 17 de octubre de 2002, conjuntamente con su Primer Protocolo y el Protocolo sobre la interpretación del Tribunal de Justicia (Protocolo TJCE). Sin embargo, su Segundo Protocolo no está aún en vigor. El Convenio y sus Protocolos están abiertos a la adhesión de todo Estado miembro de la UE. Los Estados miembros incorporados a la UE el 1 de mayo de 2004 (República Checa, Hungría, Malta y Polonia, así como Estonia para el Protocolo TJCE) aún deben adherirse al Convenio y a sus Protocolos).

Se consideran claves de dicho convenio los siguientes temas:

· Fraude en materia de gastos: todo acto u omisión intencional relativo a la utilización o presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos que resulten en la percepción o retención indebida de fondos procedentes del presupuesto general de la Comunidad o de los presupuestos administrados por la CE o por su cuenta; o en la no comunicación de una información que viole una obligación específica que tenga idéntico efecto; o el desvío de tales fondos con fines distintos de aquéllos para los que fueron concedidos inicialmente.

· Fraude en materia de ingresos: todo acto u omisión intencional relativa a la utilización o presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos que tenga como resultado la disminución ilegal de recursos del presupuesto general de la Comunidad o de los presupuestos administrados por la CE o por su cuenta; o la no comunicación de una información que viole una obligación específica que tenga idéntico efecto; o el desvío de una ventaja legalmente obtenida que tenga el mismo efecto.


Dicho Convenio, fue modificado en el año 2004, [COM (2004) 709 - no publicado en el Diario Oficial]. Estima que la protección penal de los intereses financieros de la CE progresó gracias a las disposiciones nacionales adoptadas en los Estados miembros, pero deplora que ninguno de ellos adoptase todas las medidas para ajustarse enteramente al Convenio. La Comisión recomienda al Consejo invitar a los Estados miembros a intensificar sus esfuerzos para reforzar la legislación penal nacional y a ratificar sin demora el Segundo Protocolo.-


El Convenio fue modificado por un Segundo informe de la Comisión, sobre Aplicación del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas y sus Protocolos [COM (2008) 77 - no publicado en el Diario Oficial].
Como continuación de su primer informe de 2004, la Comisión examina en èste, los progresos realizados por los 27 Estados miembros en la ratificación y aplicación de los instrumentos de protección de los intereses financieros de la CE. Este informe destaca lagunas debidas a los frecuentes retrasos en la ratificación y a casos de transposición incorrecta.-(www.europa.eu)


La tendencia señalada por el Convenio, se ha visto consolidada aún más, a partir de los trabajos preparatorios de la Constitución Europea (2004); en tanto, con fundamento en la norma de habilitación contenida en el artículo III.415, se confiere a la Comunidad competencia para que, a través de una ley o ley-marco europea establezca “las medidas necesarias en los ámbitos de la prevención y lucha contra el fraude que perjudique a los intereses financieros de la Unión, con miras a ofrecer una protección eficaz y equivalente en los Estados miembros y en las instituciones, órganos y organismos de la Unión”. Esto significa que, con respecto a esta materia y las que menta el artículo III.271 de entrar en vigencia estos preceptos, “el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo pueden sancionar tales leyes directamente en función de decisiones de mayoría”.-

Sin perjuicio de la tutela del ámbito de la competencia (art.81 apartado 1 y 82 del TUE) se procedió a tutelar el bien jurídico hacienda publica, a travès de multas.-
Dichas leyes son ejecutadas, entre otros organismos por al OLAF.- En 2006, la OLAF recuperó 113 millones de euros y fueron encarceladas veinte personas de resultas de procesos incoados en los Estados miembros en relación con fraudes descubiertos. Este Organismo tiene por misión, proteger los intereses financieros de la Unión Europea y combatir el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, incluidas las (poco frecuentes) conductas indebidas y con consecuencias financieras producidas en las propias instituciones europeas.-

Dichos funcionarios gozan de amplios poderes de investigación y pueden llevar a cabo controles sobre el terreno en las instalaciones de las empresas, tanto en los Estados miembros como en otros países. Por ahora, la Oficina no puede llevar los casos a los tribunales, sino que los remite a las autoridades nacionales del país donde se haya producido el presunto fraude.

Al respecto, debe considerarse que a la fecha el Fiscal General, Conde Pumpido, ha presentado la iniciativa de crear una Fiscalía Europea para "defender los intereses financieros de la UE”. Que en el marco de la moneda única era lógico que existiera un fiscal general que coordinase las acciones ante cualquier ataque. La figura está prevista en el Tratado de Lisboa y la presidencia española de la Unión se ha comprometido a impulsarla, según manifestó el secretario de Estado para la Unión Europea Diego López Garrido.-

Conde Pumpido, en relación con los ataques que están sufriendo algunos países como Grecia por parte de los especuladores, ha asegurado que, sin referirse a ningún caso concreto, "es indudable que si existiese un Fiscal europeo y se produjese un ataque combinado contra la moneda europea general, que es uno de los principales intereses económicos y financieros de la UE, debería coordinar la respuesta penal contra este ataque".(Periòdico El Pais, 06/03/2010).-

La OLAF ha suscrito acuerdos de cooperación con muchos países, de Estados Unidos a Uzbekistán y de China a Chile, y mantiene estrechos vínculos con Europol (Oficina Europea de Policía) y Eurojust, agencia creada para mejorar la coordinación de la lucha contra los delitos graves.-

Uno de los actuales papeles clave de la OLAF es el de coordinación. Al estar situada en el centro de la red de investigación, puede garantizar la continuidad de la cadena de actuaciones pese a la diversidad de sistemas nacionales de justicia e investigación. En Bruselas existe un centro de coordinación en tiempo real de las operaciones aduaneras realizadas conjuntamente en toda la UE tanto por la OLAF como por los Estados miembros. El centro facilita medios técnicos y logísticos todos los días y a cualquier hora.

La tecnología es vital para el trabajo de la OLAF. El Sistema de Información Aduanero de la UE permite a las aduanas, la policía, los guardacostas, los servicios agrícolas y los de salud pública compartir datos sensibles en una única base de datos, mientras que a través del Sistema de Información contra el Fraude (AFIS) se intercambian anualmente cientos de miles de mensajes.

En abril de 2007 el centro colaboró en la operación «Diabolo» contra la falsificación de cigarrillos, coordinada por la OLAF y en la que participaron los 27 Estados miembros junto con Interpol, Europol y la Organización Mundial de Aduanas. La operación descubrió 135 millones de cigarrillos falsos y otros 557 000 artículos falsificados, entre ellos prendas de vestir, teléfonos móviles y carne de aves de corral no declarada. De no haber sido descubiertos, los malhechores hubieran evadido, sólo por los cigarrillos, 220 millones de euros en derechos de aduana e impuestos especiales.

La evasión del pago de los impuestos especiales y derechos de aduanas sobre los cigarrillos, generalmente mediante contrabando, es uno de los principales tipos de fraude que combate la OLAF. En marzo de 2008 se llevó a cabo una operación coordinada con las autoridades alemanas y polacas en la que se aprendieron cerca de 7 millones de cigarrillos, 3 millones de euros en efectivo y nueve kilos de oro y joyas.

Cabe destacar, que la OLAF y diez Estados miembros firmaron con la tabaquera Philip Morris International un acuerdo para combatir el contrabando y la falsificación en virtud del cual podrán recibir, entre 2004 y 2015, hasta 1 000 millones de euros para luchar contra el contrabando de cigarrillos. En los tres primeros años se han abonado ya 425 millones de euros. Este importe se repartió entre tres Estados miembros que sufrieron pérdidas de ingresos debido al contrabando. Casi la mitad fue a Alemania e Italia.

La OLAF es también responsable del Centro Técnico y Científico Europeo (CTCE), organismo que analiza monedas falsas y tiene su sede en la Casa de la Moneda de París. En 2007 se descubrieron más de 200 000 monedas de euro falsificadas. Puede parecer mucho, pero no lo es si se compara con los 75 000 millones de euros en circulación; y también es inferior, en términos relativos, al número de monedas falsificadas que los países miembros interceptaban antes de introducirse la moneda única. La pieza más apreciada por los falsificadores es la moneda de dos euros, que en 2007 representó el 85% del total de falsificaciones.

PRIMERA PARTE

DRA. SUSANA B. FERRO ILARDO

PARA TENER SIEMPRE PRESENTE

El nacionalismoes una de las peores fuentes de violencia!!! (Vargas Llosa)



"La recompensa del trabajo bien hecho es la oportunidad de hacer más trabajo bien hecho".

Jonas Edward Salk



"He fallado una y otra vez en mi vida, por eso he conseguido el éxito".

"Michael Jordan




Un Estado donde queden impunes la insolencia y la libertad de hacerlo todo, termina por hundirse en el abismo.

Sófocles (495AC-406AC) Poeta trágico griego.



El tiempo de la reflexión es una economía de tiempo. - Publio Siro



La reflexión es el ojo del alma. - Benigne Bossuet



* Gran ciencia es ser feliz, engendrar la alegría, porque sin ella toda existencia es baldía. - Ramón Pérez de Ayala



"Si en el marco de esaaceleraciòn del crecimiento economico, lo institucional continùa sin resolverse; si no hay transformaciòn, creaciòn e invenciòn de un sistema nuevo de control sociopolitico de la economìa, vamos a tener crisis estructurales violentas" (Alain Tournier 1994)



"Si no existe capacidad para crear riqueza, un politico solo puede repartir pobreza" (F. Gonzàlez)


"La polìtica social debe ser revalorizada como una polìtica de desarrollo; el Banco Mundial ha planteado la hipòtesis de que el capital tradicional (financiero, comercial y de recursos naturales) sòlo justifica parcialmente el crecimiento econòmico ya que en su mayor parte se explica por el "crecimiento humano y social"...Es esencial confiar en las personas; desarrollar un sistema que privilegie el sentido de la innovaciòn por parte de los individuos y los grupos, la participaciòn, y la solidaridad y que favorezca de manera fundamental el empleo y el crecimiento.- La valorizaciòn de las competencias de las personas es un elemento motor de la economìa..."(Vitorio Orsi)

















































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































24 DE JUNIO

Fiesta en honor a San Juan



La fiesta en honor se celebra en diversas regiones del país, donde mantienen la tradición de realizar oficios religiosos durante la media noche, el amanecer y la noche de la celebración.



El 23 de junio, generalmente se realiza el Velorio de San Juan ante los altares adornados, alrededor del cual los fieles cantan y bailan al ritmo del tambor.



Desde tempranas horas del día 24 de junio, San Juan es sacado en procesión hasta la iglesia, donde se le celebra una misa en su honor. Una vez culminada, se da inició al repique de tambores y al recorrido del Santo por las principales calles del poblado, mientras que los devotos portan banderas y pañuelos multicolores. Cada cierto tiempo los asistentes se detienen para expresar a grandes voces su reconocimiento y veneración al Santo. Las parejas bailan dentro de uno o más círculos, el hombre acosa a la mujer, mientras ella intenta separarse de él, al mismo tiempo que continua provocándolo con el ritmo de su cuerpo. Todos se dirigen a la casa de donde salió el santo.



En algunas regiones del país, el día 25 se realiza el Encierro de San Juan y una misa para despedir al Santo. Posteriormente la imagen es llevada en procesión por las calles del poblado. Los miembros de la cofradía reciben donativos para organizar las fiestas del próximo año.



Los pescadores artesanales de la costa aragüeña acostumbran a realizar el Encuentro de Sanjuanes. Para ello, transportan en sus embarcaciones la imagen del Santo, a quien le realizan una gran procesión marítima que culmina en Ocumare de la Costa, donde se congregan todos los Sanjuanes, acompañados por los músicos de cada sector.



Desde sus orígenes, la fiesta en honor a San Juan se encuentra vinculada a creencias relativas a la fecundidad y a los cursos del agua. Actualmente esta creencia está asociada a creencias populares como por ejemplo, la costumbre de cortarse el cabello para obtener buena suerte o a la de verter un huevo dentro de un vaso lleno de agua para predecir el futuro.








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