TRANSPARENCY INTERNACIONAL

sábado, 17 de abril de 2010

Reformas legislativas penales en la lucha contra el terrorismo en España.- Un ejemplo a seguir.- Tercera Parte


PUBLICADO EN GLOBEDIA.COM EL 22-03-2010 18:08




Categoría: Internacional| Tipo: Tutorial | Tags: economía Finanzas internacional penal |

Los atentados terroristas cometidos desde 2001, han supuesto uno de los mayores desafíos a la democracia moderna, esbozado un nuevo escenario de seguridad.- Como consecuencia de ello, han surgido nuevas politicas criminales.-

Si los textos legislativos no contienen o abarcan la realidad, a la que deben aplicarse, podrá generarse innumerable legislación, pero la misma será letra muerta, y la reforma penal en ciernes, la abarca, en gran medida.-

Los atentados perpetrados por el terrorismo el 11 de septiembre de 2001 en EEUU; el 11 de marzo de 2004, en Madrid y el 7 de julio de 2005 en Londres han obligado a un replanteamiento en la investigación y el estudio de los parámetros que configuran los conflictos terroristas.- Y ello porque además de haber supuesto uno de los mayores desafíos a la democracia moderna han esbozado un nuevo escenario de seguridad, orientado y definido por el radicalismo y la militancia musulmana, por el terrorismo yihadista internacional y por el empleo de las nuevas tecnologías, fundamentalmente de Internet.-

“Como consecuencia de lo precedente, han surgido nuevas politicas criminales, que si bien es cierto siguen manteniendo algunas características fundamentales con las políticas criminales contraterroristas iniciadas ya a finales del siglo XIX, tales como el establecimiento de consecuencias jurídicas màs severas, la tipificación penal de actividades precias a la comisión de actos terroristas en si mismos, considerados o la disposición de especialidades procesales, sin duda se inscriben, sin duda se inscriben en un contexto diferente al de antaño y responden en gran medida, tanto a la consideración de la batalla contra el terrorismo comùn asunto de dimensión universal como al entendimiento de que las respuestas legales que se hayan de dar a este fenómeno y las politicas contraterroristas en general, para ser efectivas, tendrán que ser globales, conjuntas y coordinadas a nivel internacional”.-De algún modo la asociación entre globalización y terrorismo ha creado en los últimos años un complejo adversario asimétrico e la red caracterizado por una descentralización de los propios grupos terroristas y su estructuración en un gran entramado de pequeñas células a distintos niveles, siempre oscilante, formadas a veces por un único individuo.-Arquitectura èsta que favorece la creación de un sentimiento de comunidad colectiva global entre miles de militantes geográficamente distantes pero ideológicamente unidos”.-Intenet se ha convertido en una herramienta clave y particularmente efectiva para los terroristas contemporáneos que amparándose en el anonimato, la capacidad ilimitada de transferencia de información y la aparente impunidad que les ofrece, es empleada, principalmente y a modo de campo de batalla virtual a gran escala, para la radicalización, el enaltecimiento del terrorismo, la provocación a la comisión de actos del terrorismo, el reclutamiento y el adiestramiento de terroristas, la recaudación de fondos y la transmisión de mensajes operacionales o instrumentos concretos.- (“Hinojar Larriba, Beatriz:”Globalizaciòn, terrorismo y libertad de expresión” en Constituciòn, Derechos Fundamentales y Sistema Penal, Ed. Tirant To Blanch, Valencia 2009).-
En atención a lo expuesto, urge tomar las medidas adecuadas. En primer lugar desde el punto de vista jurídico, se ha dictado a nivel de la UE la Decisiòn Marco 2008/919/JAI del Consejo de 28 de noviembre de 2008, por la que se modifica la Decisiòn Marco 2002/475/JAI sobre la lucha contra el terrorismo cuyos textos normativos de adaptación a las correspondientes legislaciones nacionales deberán ser remitidos a la Secretaria General del Consejo y a la Comisiòn antes del 9 de diciembre d e2010.- Este instrumento de armonizaciòn comunitaria, obliga a tipificar como delitos, la provocación a la comisión de un delito de terrorismo, la captación y el adiestramiento de terroristas a través de cualquier medio, particularmente Internet.-

En segundo lugar, desde el derecho penal, es necesario que los códigos nacionales se adapten a esta legislación.-
En tercer lugar, una medida importante en la lucha contra la delincuencia terrorista es la dirigida a terminar con los apoyos financieros del terrorismo.- La actividad terrorista, en muchos casos no se podría mantener si las organizaciones o grupos terroristas no tuvieran recursos económicos con los que afrontar la adquisición de armas, asi como el mantenimiento y cobijo de sus miembros”.(Julio Fernàndez Garcia: “Los delitos de terrorismo, su financiación y consecuencias jurídicas” en Rev. El derecho Penal y la nueva sociedad; Coord. Nieves Sanz Mulas).-

El tema ha sido contemplado en el Convenio Internacional para la represiòn de la financiación del terrorismo, aprobado por Naciones Unidas en Nueva York, el 9 de diciembre de 1999.- Todo ello es absolutamente necesario para vigilar e impedir que recursos financieros obtenidos de las actividades comerciales desarrolladas por grupos terroristas o personas afines, sirvan para subvencionar las propias acciones terroristas.-

Este convenio obliga a los Estados a adoptar medidas para prevenir e impedir la financiación de los terroristas, de forma directa o indirecta, mediante grupos que digan tener fines caritativos, sociales o culturales o que estèn implicados en actividades ilegales tales como el tràfico de drogas o de armas, además, los obliga a que consideren responsables penal, civil o administrativamente a quienes financien el terrorismo.- El convenio dispone que se han de identificar, embargar y decomisar los fondos destinados a las actividades terroristas, asi como el reparto de los fondos decomisados con otros Estados.- No se puede alegar el secreto bancario como una causa para justificar la no cooperación.- Conforme èste convenio constituye delito proporcionar o recaudar fondos, directa o indirectamente, ilìcita o intencionalmente con la intención de utilizarlos o sabiendo que se utilizaràn para cometer un acto incluido en el ámbito de los Convenios contra el terrorismo que lista el Anexo a tal Convenio.-

Por su parte la Resoluciòn del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas 1373 (2001) adoptada por unanimidad en su art. 4385, completando lo dispuesto en sus Resoluciones N 1267 (1999); 1269 (1999), 1333 (2000) y 1368 (2001) Y 1624 (2005), han ordenado a los Estados a que adopten las medidas necesarias para prevenir y reprimir el delito del terrorismo.-

Una medida importante en la lucha contra la delincuencia terrorista es la dirigida a terminar con los apoyos financieros del terrorismo
Tambièn en el ámbito europeo, el Consejo extraordinario de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrado el 21 de setiembre de 2001, decidió que la lucha contra el terrorismo será màs que nunca un objetivo prioritario para la Uniòn Europea y ha diseñado un especifico Plan de Acciòn contra el Terrorismo, del que es elemento esencial la lucha contra la financiación, contemplando la misma finalidad, la Decisiòn del Consejo 2004/16089 de 14 de diciembre.-
La Uniòn Europea y los Estados miembros, se han comprometido a adoptar medidas necesarias para lograr que nuestros sistemas financieros cooperen para evitar la creación y transferencia de fondos que sirvan a la comisión de actuaciones terroristas.-

En nuestro derecho interno, la Ley 12/2003, del 21 de Mayo, regula la prevención y el bloqueo de la financiación del terrorismo.- En la exposiciòn de motivos de la Ley se establece que un aspecto básico para la prevención de la comisión de actos terroristas, es el cierre de los flujos financieros de que se nutren las organizaciones terroristas, además de recordarnos las Normas Internacionales sobre la materia, en atención a lo cual por medio de esta ley, se pretende adecuar nuestro sistema a las exigencias expresadas en los distintos tratados y convenios internacionales.-
En el discurso efectuado por el Señor Rodriguez Zapatero en representación de España a cargo Pro tempore de la Presidencia de la Uniòn Europea, durante el primer semestre de 2010, al respecto del tema en análisis se ha expresado lo siguiente: “Tras la adopción en diciembre de 2009 del Programa de Estocolmo, referente al desarrollo del Espacio europeo de libertad, seguridad y justicia en el período 2010-2014, a la Presidencia española le corresponde promover la adopción del correspondiente Plan de Acción, en el que debe concretarse su realización a lo largo del período indicado. En este ámbito concreto, la Presidencia impulsará la definición de una Estrategia Europea de Seguridad Interior y continuará promoviendo la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada, tanto mediante actuaciones en el seno de la propia Unión como mediante el reforzamiento de la cooperación internacional. El reforzamiento de la política común de inmigración y asilo es prioridad igualmente de la Presidencia, desarrollando los postulados del Enfoque global sobre inmigración y del Pacto europeo de inmigración y asilo”.-

Por su parte, y en fecha 16 de Marzo de 2010, el Consejo dictò la Resoluciòn ARI 49/2010 relativa al intercambio internacional de información financiera y la lucha contra la financiación del terrorismo: el acuerdo UE-EEUU sobre Swift (ARI).- La misma expresa que el establecimiento de mecanismos que prevean y permitan el acceso y el intercambio fluido de la información financiera relevante entre las distintas agencias y autoridades competentes, eliminando las barreras que han permitido la falta de transparencia del sistema y los mercados financieros internacionales, es imprescindible para luchar eficazmente contra la financiación del terrorismo. En este sentido, la firma de acuerdos para la colaboración en el intercambio de información financiera con países que comparten los objetivos de dicha lucha aparece como un elemento de avance necesario. Aquí ha de enmarcarse un acuerdo entre la UE y EEUU sobre Swift (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication). Los acuerdos de este tipo, no obstante, deben cumplir una serie de requisitos relacionados con la justificación de la obtención de la información, su concreción, las garantías de su utilización, el control de todo el proceso y la reciprocidad. Estos acuerdos tienen que ser compatibles con un respeto absoluto a la protección de datos de las personas y al cumplimiento de la legalidad por todos y cada uno de los países que participan en esta lucha contra la financiación del terrorismo.-


Clásicamente, los autores distinguen tres elementos constitutivos de la puesta en marcha de la mundialización financiera: 1) la desregulación o liberalización monetaria y financiera, 2) la puesta en contacto de los diferentes mercados financieros nacionales y 3) la desintermediación (tres características enunciadas en particular por H. Bourguinat (Finance Internationale, Presses Universitaires de France, París, 1992).- De hecho, hay una interacción y una relación profundas entre los tres procesos. La mundialización financiera afecta tanto a la descompartimentación interna entre distintas funciones financieras y diferentes tipos de mercados (mercados de divisas, de crédito, de acciones y de obligaciones), como a la interpenetración externa de los mercados monetarios y financieros nacionales y su integración en mercados mundializados a los que quedan subordinados, en el caso de la mayoría de los países.-

Esto es importante, porque hay una conexión directa, entre el blanqueo de dinero y la mundialización financiera.- La liberalización y la desregulación financieras han permitido un notable crecimiento de los circuitos de penetración durante la primera etapa del blanqueo en el nivel que llamábamos “informal”. Desde 1993, el GAFI habla de “la tendencia a utilizar cada vez con más frecuencia las instituciones financieras no bancarias para inyectar los productos de actividades criminales en el sistema financiero (...). Las oficinas de cambio de moneda, los casinos, los corretajes financieros, los seguros de vida y los giros postales son medios utilizados en los casos mencionados por los miembros del Grupo”. El informe de 1995 subraya de nuevo la tendencia general de abandonar el sector bancario en beneficio de instituciones financieras no bancarias y de actividades no financieras.-

Las instituciones no bancarias más antiguas y más banales que intervienen en el blanqueo de dinero son las oficinas de cambio de moneda, que aceptan dinero en una divisa y lo convierten a otra divisa. La operación no resuelve el problema del dinero en efectivo, pero ya se ha conseguido una primera transformación, que hace que la detección del origen de los fondos sea más complicada. La liberalización de los cambios de moneda, junto con el crecimiento del turismo de masas y de las transacciones internacionales, ha ocasionado un aumento considerable del número de oficinas de cambio de moneda, y el montante de las sumas que manejan, facilitando el trabajo de blanqueo. Los compradores de cheques contra especies, que garantizan principalmente este servicio fuera de las horas de apertura de los bancos, también pueden trabajar en sentido inverso: vender cheques a un precio ventajoso contra especies. El personal de estas oficinas, que trabaja generalmente con contratos de trabajo precarios, se encuentra generalmente más abierto a la corrupción que el de los bancos, que forman un sector organizado y fuertemente sindicalizado en muchos países. Hoy en día, los cambios manuales juegan un importante papel en la etapa de penetración. Algunos establecimientos modestos y oficiosos han sido utilizados para transferir grandes sumas de dinero.

Internet se ha convertido en una herramienta clave y particularmente efectiva para los terroristas contemporáneos
Una vez que el dinero negro ha logrado penetrar, sea por donde fuese, en el interior del sistema financiero mundializado, sea en el sector formal o informal, le es extraordinariamente fácil moverse a escala internacional.

La mundialización financiera facilita en primer lugar el “apilamiento”, definido como el proceso que busca “escindir los productos ilícitos de su origen, por medio de la creación de un complejo sistema de apilamiento de transacciones” (GAFI, La lutte contre le blanchissement des capitaux, La Documentation Française, París, 1990).- Este aspecto tiene una dimensión técnica y otra jurídica. La mundialización financiera permite una explotación máxima de las posibilidades que ofrecen las avances tecnológicos en el dominio de las telecomunicaciones. Las transferencias telegráficas primero, y las transferencias electrónicas después, han hecho que la circulación internacional de fondos sea más fácil que en ninguna época anterior, y la desregulación y la liberalización financiera han multiplicado los efectos.

Pero la cuestión no depende sólo de la tecnología. La mundialización también ha permitido una expansión sin precedentes de las combinaciones más refinadas autorizadas por la legislación de sociedades anónimas, como la creación ex nihilo de sociedades “pantalla”, o la utilización de sociedades ya existentes con los mismos fines.-

“Secar” el dinero blanqueado se ha vuelto un juego de niños para los especialistas financieros. La mundialización financiera ha multiplicado las posibilidades de colocación o de inversión de estos capitales que ya están “limpios”, tanto en el país de origen como en otro lugar. Se sabe que los capitales ilegales tienen predilección por ciertas grandes actividades de servicio, en particular el comercio al por mayor y al por menor (hoy en día en las grandes superficies), así como el turismo, el ocio y el sector inmobiliario. Pero la “asociación con los profesionales de las finanzas” en particular los corredores y las sociedades bursátiles, hace suponer que es en el interior de la esfera financiera, en el marco, por ejemplo, de los grandes fondos de inversión (los Mutual Funds), donde una fracción de los productos del tráfico de droga son invertidos. Por supuesto, se puede decir lo mismo de cualquier masa de capital que quiera conservarse en forma de dinero y ser invertido quedando en el interior de la esfera financiera en el plano de los mercados mundializados. Pero es precisamente la misma “respetabilidad” que el dinero negro ha adquirido gracias al lavado y al secado.

En el informe “Towards Global Tax Cooperation, 2000” de la OCDE se refiere que éstas prácticas “pueden distorsionar los patrones de comercio y de inversión, desgastar las bases impositivas nacionales y desplazar parte de la carga fiscal hacia bases fiscales menos móviles, tales como el trabajo y el consumo, afectando así, de manera adversa, al empleo y minando la equidad de las estructuras impositivas”. Un comentario de ésta Organización que clarifica bastante los términos de los que estamos hablando.

El gobierno de los Estados Unidos, a través del secretario del Tesoro, Paul O'Neill, solicitó a los países miembros del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que emprendan mayores acciones para combatir el lavado de dinero asociado a las organizaciones terroristas. Al participar, en una reunión de emergencia del organismo, O'Neill instó al grupo a que "antes de la próxima asamblea plenaria de febrero elabore criterios para combatir las finanzas del terrorismo, así como un programa de acción para cada uno de los países del mundo". "Nuestra meta es, ni más ni menos, el desmantelamiento y la eliminación de las redes que sostienen al terrorismo y sus actos detestables", dijo.

“El GAFI, integrado por 29 países, se dedica a la lucha contra el lavado de dinero. A sus representantes, O'Neill pidió que el organismo elabore informes periódicos sobre los avances en su tarea, ahora dedicada específicamente a rastrear y congelar fondos de grupos terroristas. El dinero, expresó, "no conoce fronteras; ninguna nación puede combatir sola el financiamiento de terroristas, por lo que todos debemos cooperar". En este sentido, durante la reunión también se informó que Rusia, Israel e Indonesia están en la lista negra de los países que no cooperan en esta tarea”.(29/10/01) (www.elproceso.com).-
Los retos son muchos, pero las consecuencias son nefastas y representan un riesgo para todos los países, por eso la cooperación es fundamental para actuar sobre las causas del problema. En juego están vidas humanas atrapadas en un ciclo perverso que se alimenta de su capacidad para corromper el tejido social e institucional por donde pasa.-

Dra. SUSANA BEATRIZ FERRO ILARDO

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24 DE JUNIO

Fiesta en honor a San Juan



La fiesta en honor se celebra en diversas regiones del país, donde mantienen la tradición de realizar oficios religiosos durante la media noche, el amanecer y la noche de la celebración.



El 23 de junio, generalmente se realiza el Velorio de San Juan ante los altares adornados, alrededor del cual los fieles cantan y bailan al ritmo del tambor.



Desde tempranas horas del día 24 de junio, San Juan es sacado en procesión hasta la iglesia, donde se le celebra una misa en su honor. Una vez culminada, se da inició al repique de tambores y al recorrido del Santo por las principales calles del poblado, mientras que los devotos portan banderas y pañuelos multicolores. Cada cierto tiempo los asistentes se detienen para expresar a grandes voces su reconocimiento y veneración al Santo. Las parejas bailan dentro de uno o más círculos, el hombre acosa a la mujer, mientras ella intenta separarse de él, al mismo tiempo que continua provocándolo con el ritmo de su cuerpo. Todos se dirigen a la casa de donde salió el santo.



En algunas regiones del país, el día 25 se realiza el Encierro de San Juan y una misa para despedir al Santo. Posteriormente la imagen es llevada en procesión por las calles del poblado. Los miembros de la cofradía reciben donativos para organizar las fiestas del próximo año.



Los pescadores artesanales de la costa aragüeña acostumbran a realizar el Encuentro de Sanjuanes. Para ello, transportan en sus embarcaciones la imagen del Santo, a quien le realizan una gran procesión marítima que culmina en Ocumare de la Costa, donde se congregan todos los Sanjuanes, acompañados por los músicos de cada sector.



Desde sus orígenes, la fiesta en honor a San Juan se encuentra vinculada a creencias relativas a la fecundidad y a los cursos del agua. Actualmente esta creencia está asociada a creencias populares como por ejemplo, la costumbre de cortarse el cabello para obtener buena suerte o a la de verter un huevo dentro de un vaso lleno de agua para predecir el futuro.








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